La decisión judicial del TCP establece que el INRA vulneró normas nacionales e internacionales al haber ignorado los derechos del pueblo indígena tsimane, declarado en situación de alta vulnerabilidad. La sentencia concluye que los funcionarios del INRA actuaron al margen del debido proceso, lo que derivó en avasallamientos, despojos forzados, expulsiones y destrucción de su hábitat natural.
Fuente: ANF / La Paz
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió su sentencia 0935/2024-S3 con el que restituye todas las tierras de los indígenas tsimanes del sector Yacuma, Beni, que fueron ocupadas por interculturales; además, ordena iniciar procesos penales contra el Instituto de Reforma Agraria (INRA) y la Autoridad de Bosques y Tierras (ABT).
La decisión judicial establece que el INRA vulneró normas nacionales e internacionales al haber ignorado los derechos del pueblo tsimane, declarado en situación de alta vulnerabilidad. La sentencia concluye que los funcionarios del INRA actuaron al margen del debido proceso, lo que derivó en avasallamientos, despojos forzados, expulsiones y destrucción de su hábitat natural.
La acción popular fue interpuesta por Rosendo Merena Nate, Gran Cacique Mayor Presidente, y otros representantes indígenas en contra de Eulogio Núñez Aramayo, director nacional del IRNA; Ramiro Ortiz Yucra, director departamental INRA Beni; y, Jeangler Arely Pérez, directora departamental de la Autoridad de Bosques y Tierras (ABT) Beni.
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“Que, al haberse advertido indicios de responsabilidad penal, en contra de los accionados, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes, Resoluciones Contarías a la Constitución y a las Leyes, vinculados con delitos de corrupción, previstos en los arts. 153, 154 de la Ley 04, modificada por la Ley 1390, y por el presunto delito de Genocidio tipificado por el art. 138 del Código Penal, modificado por la Ley 450, remítase antecedentes al Ministerio Público, e inmediatamente se inicie la investigación por los delitos mencionados, y promueva la acción penal púbica ante la autoridad jurisdiccional respectiva, debiendo la parte impetrante de tutela, constituirse como víctima”, dice una de las determinaciones de la sentencia.
“Esta sentencia, en uno de los puntos importantes, señala que no puede estar la forma por encima del contenido. La forma no puede ser un elemento que justifique negar un derecho constitucional. Como parte de la resolución, se ordena el desalojo y desocupación de todas las comunidades interculturales y terceros que ocupen estas tierras, otorgando al INRA nacional y departamental un plazo de 30 días para ejecutar la medida, con apoyo de la fuerza pública si es necesario”, afirmó Alcides Vadillo, director regional de la Fundación TIERRA.
La sentencia también instruye la paralización total de desmontes y chaqueos en el área, y demanda una auditoría legal para identificar responsabilidades penales por presuntos hechos de corrupción e incluso delitos de lesa humanidad como el genocidio, debido al impacto que estas acciones tuvieron sobre la vida y cultura del pueblo tsimane.
La asesora jurídica de TIERRA, Jhovanna Morales, remarcó que el fallo representa un hito para la jurisprudencia en materia de derechos indígenas, pues reconoce el reclamo histórico del pueblo tsimane y exige la protección de su hábitat, su medio ambiente y su sistema de vida.
“Nos dan la tutela con respecto a la vulneración de los derechos de preferencia, acestralidad, derecho al hábitat y medio ambiente. En la demanda de acción popular nosotros dijimos que hay vulneración de derechos al hábitat por haber sido desalojados de una manera violenta e inhumana y al medio ambiente por haber deforestado. ¿Por qué? Porque no les están permitiendo vivir conforme a sus usos y costumbres y al sistema de vida que tienen”, sostuvo Morales.
Los interculturales asentados anunciaron movilizaciones y bloqueos de caminos contra la sentencia constitucional que les arrebata las tierras.