La Cámara de Diputados sancionó la ley de conversión de la pequeña propiedad a mediana
eju.tv /Video: Gigavisión
La sanción de la ley de conversión de la pequeña propiedad agraria en mediana es un avance importante y permitirá a los productores acceder a créditos y mejorar sus condiciones de vida, informó el ministro de Desarrollo Productivo, Óscar Mario Justiniano.
“Nosotros vamos desde acá, en el Ministerio, a acompañar todo ese ámbito productivo que es pujante, tanto en el occidente, en el norte, en el sur y en el oriente”, explicó sobre el proyecto de ley sancionado en la Cámara de Diputados.
La ley sancionada, que para entrar en vigencia debe ser promulgada por el presidente Rodrigo Paz, autoriza al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) la conversión de la clasificación de la pequeña propiedad titulada a propiedad mediana, de manera voluntaria y gratuita.
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Según la norma, la reconversión es un “procedimiento de actualización catastral por el cual la o el titular del derecho propietario de la pequeña propiedad solicita por escrito, de manera voluntaria al INRA, el cambio en la clasificación de su propiedad a mediana propiedad, sin más trámite que la solicitud escrita y una declaración jurada voluntaria donde exprese claramente la decisión de la conversión”.
Justiniano explicó que esta conversión de clasificación permitirá al propietario acceder a crédito bancario y poner su propiedad como garantía.
“El productor va a poder ir al banco, poner su bien como parte de la garantía y acceder a créditos, los cuales son mucho más baratos, mucho mejores”, insistió sobre el beneficio que trae la norma para un sector importante del agro.
Según la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (INRA), “la pequeña propiedad es la fuente de recursos de subsistencia del titular y su familia. Es indivisible y tiene carácter de patrimonio familiar inembargable”.
A diferencia de la opinión de Justiniano, el director de la Fundación Tierra, Juan Chumacero, explicó en enero a Visión 360 que la conversión de pequeña a mediana propiedad anula la inembargabilidad, ya que cambiaría de categoría y, además, podría ser vendida, hipotecada o traspasada a terceros.