El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas deberá transferir recursos del Tesoro General de la Nación (TGN) “a favor del Ente Regulador para priorizar la implementación de laboratorios y tercerizar los análisis de calidad de carburantes”.
Una de las sesiones de gabinete de ministros del presidente Rodrigo Paz. Foto: Archivo
Por eju.tv / La Paz
El Gobierno nacional abrogó el Decreto Supremo 4718, promulgado por la administración del expresidente Luis Arce, al que una comisión del Legislativo atribuyó la mala calidad de la gasolina que afectó a cientos de vehículos, y puso en vigencia el Reglamento de Calidad de Carburantes.
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Así lo establece el Decreto Supremo 5619 que precisamente aprueba el Reglamento de Calidad de Carburantes, que establece los procedimientos de fiscalización, control, supervisión y regulación, así como la incorporación de nuevos productos para su comercialización en el Estado Plurinacional de Bolivia.
“Se abroga el Decreto Supremo N° 4718, de 18 de mayo de 2022”, refiere la disposición abrogatoria única del decreto publicado este jueves en la Gaceta Oficial del Estado.
Fue la comisión especial del Senado, presidida por el senador Branko Marinkovic, la que responsabilizó al Decreto Supremo 4718 de la contaminación de la gasolina, misma que afectó a cientos de vehículos en el país.
Según el senador, con el decreto se bajaron “los parámetros de calidad del combustible que se importan en el país” ye permitió el contenido de manganeso en 18% y el contenido de goma a 5%, los cuales afectaron a los motores de cientos de vehículos desde el mes de enero de este año.
Para atender los reclamos, el Gobierno nacional creó el Sistema de Registro y Evaluación de Contingencias (SREC) y hasta el 12 de mayo pagó Bs 34 millones a los afectados.
Para que no vuelva a suceder hechos similares en el futuro, el ministro de Hidrocarburos y Energías, Marcelo Blanco, presentó al gabinete de ministros del presidente Paz el Reglamento de Calidad de Carburantes y fue aprobado.
Compuesto por veinticuatro y ocho (8) Anexos (A, B, C, D, E, F, G y H), el Reglamento establece las “responsabilidades, procedimientos y especificaciones de calidad de los carburantes, cuando estos sean producidos, importados, transportados, almacenados y comercializados como productos terminados dentro del Estado Plurinacional de Bolivia”.
Además incorpora para su comercialización nuevos productos de carburantes y establece un régimen de infracciones y sanciones.
A la par de aprobar el reglamento, el Decreto Supremo 5619 fija un plazo no mayor a dos años para que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas transfiera recursos del Tesoro General de la Nación (TGN) “a favor del Ente Regulador para priorizar la implementación de laboratorios y tercerizar los análisis de calidad de carburantes”.
A partir de la asignación de los recursos, en un plazo no mayor a dos años, el Ente Regulador debe implementar sus laboratorios, para realizar los análisis de calidad de carburantes.
