La propuesta legislativa, que inicialmente fue remitida por el Órgano Ejecutivo, sufrió ajustes y modificaciones durante su tratamiento en la Cámara Alta antes de recibir la aprobación correspondiente.
eju.tv / Video: Gigavisión
Pasada las 22.30 de este jueves, la Cámara de Senadores aprobó, en sus estaciones en grande y detalle, el proyecto de Ley de Regulación de los Estados de Excepción, una norma destinada a establecer mecanismos legales para enfrentar situaciones que afecten el orden público, la seguridad y la transitabilidad en el país. La propuesta será remitida ahora a la Cámara de Diputados para su respectivo tratamiento.
«Se aprueba el proyecto de ley y queda concluido el tratamiento del proyecto en la Cámara de Senadores. Por lo tanto, la ley, con las modificaciones introducidas, deberá ser remitida a la Cámara de Diputados para su consideración y tratamiento como cámara revisora. Hemos concluido el tratamiento de esta ley», afirmó el presidente del Senado, Diego Ávila, tras concluir con la votación en su estación en detalle y en grande.
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La aprobación se produjo durante una sesión desarrollada bajo modalidad híbrida, con participación presencial y virtual de los legisladores, en medio de las dificultades de desplazamiento ocasionadas por los bloqueos que persisten en distintas regiones del país desde hace 35 días.
El presidente de la Cámara de Senadores, Diego Ávila, sometió el proyecto a consideración del pleno, que otorgó su respaldo mayoritario tanto en la estación en grande como en el tratamiento en detalle de los artículos que componen la norma.
La propuesta legislativa, que inicialmente fue remitida por el Órgano Ejecutivo, sufrió ajustes y modificaciones durante su tratamiento en la Cámara Alta antes de recibir la aprobación correspondiente. Una vez concluido este proceso, el texto será derivado a la Cámara de Diputados, donde continuará el procedimiento legislativo.
El proyecto consta de 27 artículos y una disposición única, y tiene como objetivo regular la aplicación de los estados de excepción previstos en la Constitución Política del Estado.
Desde el Gobierno se ha señalado que la norma busca dotar al Estado de herramientas jurídicas para responder a situaciones extraordinarias, aunque se insiste en que el diálogo continúa siendo la principal vía para resolver los conflictos sociales que atraviesa el país y que la declaratoria de un estado de excepción constituye una medida de última instancia.
Entre los aspectos centrales de la propuesta se establece que el Órgano Ejecutivo podrá disponer restricciones temporales a la circulación de personas, limitar reuniones en espacios públicos y reforzar la seguridad en instalaciones estatales cuando las circunstancias así lo requieran.
Asimismo, se determina que la vigencia de un estado de excepción no podrá exceder los 90 días, salvo autorización expresa de la Asamblea Legislativa mediante mayoría absoluta. También se prohíbe declarar un nuevo estado de excepción por los mismos hechos dentro de una misma gestión, excepto cuando surjan nuevas circunstancias que lo justifiquen.
La iniciativa contempla además la posibilidad de que las Fuerzas Armadas brinden apoyo extraordinario a la Policía Boliviana cuando esta haya sido superada en situaciones de conmoción interna. Dicho apoyo deberá ser autorizado por el presidente del Estado y estará orientado a la protección de infraestructura estratégica, hospitales, aeropuertos, rutas fundamentales, operaciones humanitarias y acciones destinadas a garantizar la libre transitabilidad.
Otro de los puntos destacados es que el uso de la fuerza por parte de efectivos policiales y militares deberá aplicarse únicamente como último recurso y de manera proporcional a la amenaza existente. La norma prohíbe expresamente el empleo de armamento diseñado para causar daños masivos y establece que el uso de fuerza letal solo será admisible en circunstancias excepcionales y como medida extrema.
El proyecto también establece límites claros respecto a los derechos fundamentales, señalando que un estado de excepción no podrá suspender garantías constitucionales ni vulnerar el derecho al debido proceso. Además, obliga al Órgano Ejecutivo a remitir informes periódicos a la Asamblea Legislativa, con una frecuencia no mayor a 15 días, sobre las medidas adoptadas y la evolución de la situación.
La aprobación de esta norma se produce en un contexto marcado por los bloqueos y movilizaciones que afectan a diferentes regiones del país, mientras diversos sectores mantienen la expectativa de que se instalen espacios de diálogo que permitan superar el conflicto.
La propuesta de norma
Entre sus principales disposiciones, la ley establece que la declaratoria de estado de excepción deberá realizarse mediante decreto supremo debidamente fundamentado, especificando su alcance territorial, duración, medidas extraordinarias autorizadas e instituciones responsables de su ejecución. Asimismo, fija una vigencia máxima de hasta 90 días, con posibilidad de ampliación únicamente mediante autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), según el Senado.
La propuesta también regula la participación de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas en situaciones excepcionales, estableciendo criterios de coordinación institucional, delimitación de funciones, control operativo y uso diferenciado de la fuerza. Además, prevé mecanismos de rendición de cuentas una vez concluido el estado de excepción.
