La intervención extraordinaria durará hasta 180 días. La comisión tendrá acceso a bases de datos, registros y expedientes de la agencia, revisará los controles sobre toda la cadena de combustibles y podrá recomendar que los resultados sean enviados a la Fiscalía, Contraloría y Procuraduría.

La intervención de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) no se limitará a una evaluación administrativa. El Decreto Supremo 5699 faculta a la comisión creada para este proceso a acceder a los sistemas y bases de datos de la entidad, revisar el funcionamiento del B-SISA, evaluar procesos sancionatorios, recomendar auditorías y plantear incluso la remoción de personal, en el marco de una intervención que tendrá una duración de hasta 180 días.
La norma establece que la comisión podrá revisar los mecanismos de regulación, supervisión, control y fiscalización de la cadena hidrocarburífera, desde la producción hasta la comercialización, con especial atención a los procesos relacionados con el abastecimiento interno de combustibles.
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Una de las facultades más amplias está relacionada con el acceso a la información. La norma autoriza a la comisión a “acceder directamente o mediante personal autorizado a los sistemas, bases de datos, registros, expedientes físicos y digitales y demás plataformas administradas o utilizadas por la ANH”, con énfasis en el B-SISA.
La revisión abarcará información sobre los volúmenes de producción, importación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de combustibles, además de los sistemas informáticos y registros utilizados por la ANH para su control y seguimiento.
La comisión también podrá evaluar los mecanismos aplicados sobre la calidad de los combustibles producidos, importados, transportados, almacenados y comercializados en el país.
El DS 5699 dispone que la intervención deberá servir para realizar un relevamiento de información, identificar posibles responsabilidades en los niveles administrativos, técnicos y operativos y determinar eventuales daños ocasionados al sector de hidrocarburos en gestiones pasadas.

Entre sus finalidades también está “instruir las auditorías técnicas, legales y otras en función de la información obtenida”, además de identificar las causas de las deficiencias, riesgos, omisiones y vulnerabilidades existentes.
La comisión podrá recomendar auditorías técnicas, regulatorias, legales, financieras, administrativas y operativas. Si esos procesos evidencian posibles responsabilidades, deberá elaborar un informe circunstanciado con los hechos, las personas involucradas, la documentación de respaldo y las acciones recomendadas.
El decreto establece que esos resultados podrán ser remitidos a la Contraloría General del Estado, Ministerio Público, Procuraduría General del Estado y otras autoridades competentes, según la naturaleza de los hechos encontrados.
Otro de los alcances establecidos en el decreto es la evaluación del desempeño de las autoridades, ejecutivos, personal administrativo, técnico y operativo de la ANH.
La comisión podrá revisar además los procesos sancionatorios administrativos iniciados o concluidos por la agencia, verificando su oportunidad, fundamento técnico, regulatorio y jurídico, así como el cumplimiento del debido proceso.
Entre las atribuciones expresamente señaladas aparece la posibilidad de realizar acciones adicionales que la comisión considere pertinentes, incluida la “recomendación de remoción de personal”.

El decreto también obliga al personal de la ANH a entregar la información y documentación que sea requerida. Los datos proporcionados deberán ser “completos, veraces, íntegros y verificables”.
El proceso tendrá una duración máxima de 180 días calendario desde la publicación del decreto y podrá ampliarse, por una sola vez, hasta por 90 días mediante resolución ministerial si persisten las causas que motivaron la intervención. El DS 5699 también establece que la medida puede concluir antes si esas condiciones son superadas.
La comisión está integrada por representantes de los ministerios de Hidrocarburos y Energías; Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua; Obras Públicas, Servicios y Vivienda; y del Viceministerio de Transparencia, Seguridad Jurídica e Integridad Pública.
El decreto dispone que la comisión apruebe su reglamento de funcionamiento en un plazo de hasta cinco días hábiles y que emita un informe inicial en un máximo de 30 días calendario desde la publicación de esa resolución.
En paralelo, el Gobierno ya comenzó este jueves la intervención en las oficinas centrales de la ANH en La Paz, con la presencia de ministros y equipos especializados, en cumplimiento del DS 5699.
