El fideicomiso tendrá una duración de hasta 10 años y permitirá la creación de al menos cuatro modalidades de crédito a los sectores productivos del país.
Una persona realiza una transacción en una entidad financiera. Foto: Archivo
Por eju.tv / La Paz
El Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (Fondesif) y el Banco de Desarrollo Productivo – Sociedad Anónima Mixta (BDP S.A.M.) asignarán hasta Bs 800 millones para la constitución del Fideicomiso Impulso Productivo, una de las medidas creadas por el Gobierno para aminorar el impacto de la anulación total de la subvención al diésel.
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Así lo establece el Decreto Supremo 5720 que precisamente crea el Fideicomiso Impulso Productivo para brindar apoyo a personas naturales y jurídicas legalmente constituidas que desarrollen actividades económicas de producción y/o vinculadas a la cadena productiva y su logística en el país.
La norma autoriza al Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua, para que, en su condición de fideicomitente, suscriba un contrato de fideicomiso con el Banco Unión S.A., en su calidad de fiduciario, por un monto de hasta Bs 800 millones.
El artículo tres del decreto refiere que los recursos para la constitución del fideicomiso provendrán de los saldos disponibles del Fondesif y del BDP.
Por su parte, la disposición adicional primera de la norma precisa que el Ministerio de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua instruirá al Fondesif transferir al fideicomiso Bs 186 millones.
De igual manera, los ministerios de Producción Sostenible y de Economía y Finanzas Públicas instruirán al Banco de Desarrollo Productivo – Sociedad Anónima Mixta – BDPS.A.M., transferir al TGN los saldos de al menos cuatro fideicomisos creados entre 2007 y 2020.
Se trata de Bs 60 millones correspondientes a saldos del fideicomiso constituido en el marco del Decreto Supremo Nº 1962, de 2 de abril de 2014; Bs 170 millones del fideicomiso constituido en el marco del Decreto Supremo N° 29145, de 30 de mayo de 2007; Bs 18 millones del fideicomiso constituido en el marco del Decreto Supremo N° 4962, de 14 de junio de 2023; y Bs 366 millones del fideicomiso constituido en el marco del inciso a) del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4424, de 17 de diciembre de 2020.
El fideicomiso tendrá una duración de hasta 10 años y permitirá la creación de al menos cuatro modalidades de crédito: 1) capital de operaciones por un plazo de 12 meses, con un periodo de gracia a capital de hasta seis meses y una tasa de interés anual del 6%; 2) capital de inversión por un plazo de hasta ocho años, con un periodo de gracia a capital de hasta 12 meses y una tasa de interés anual del 6,5%.
También se creará un crédito asociativo de inversión destinado a la adquisición de maquinaria y activos de uso colectivo por un plazo de hasta ocho años, con un periodo de gracia de hasta 12 meses y una tasa de interés anual del 6,5%; y también un crédito de capital de inversión para actividades asociadas a la cadena de distribución destinado a la adquisición de vehículos de manejo de carga pesada, hasta el 70% de financiamiento, por un plazo de hasta ocho años, con un periodo de gracia a capital de hasta seis meses y una tasa de interés anual del 6,5%.
La periodicidad de pago de los créditos será determinada de acuerdo con el ciclo de la actividad productiva y la capacidad de pago del prestatario. Las garantías podrán ser convencionales y no convencionales.
