Tribunal Agroambiental falla a favor de comunidad de Viacha y ordena suspensión inmediata de operaciones de minera china


La jueza fue enfática al aclarar que el cumplimiento de estos requisitos no constituye una autorización para reiniciar operaciones, las cuales permanecen suspendidas de forma indefinida.

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eju.tv

En una decisión que marca un hito en la defensa de los territorios originarios, el Tribunal Agroambiental falló a favor de la Comunidad Originaria Colque Alta, del municipio de Viacha y ordenó la suspensión inmediata de todas las actividades de explotación minera que la empresa Bolivian Gold S.A. realizaba en el área. La resolución, emitida por la jueza Cinthia Veliz Caceres, dispone la paralización de voladuras, movimiento de tierras, transporte de mineral y uso de maquinaria pesada, luego de que un informe técnico del INRA confirmara una sobreposición del 100% del polígono de la empresa sobre el territorio comunal.



La jueza Cinthia Veliz Caceres, establece en su punto resolutivo primero del Auto Interlocutorio: «DISPONER la medida cautelar de PROHIBICIÓN DE INNOVAR y la SUSPENSIÓN INMEDIATA de toda actividad de explotación, voladura, movimiento de tierras, transporte de mineral y uso de maquinaria pesada dentro de la poligonal que constituye el territorio de la Comunidad Originaria Colque Alta, misma que presenta una sobreposición del 100 % según el Informe Técnico Jurídico INRA-DDLP-UCR N° 330/2026». Este fallo representa un revés judicial contundente para la compañía de capitales chinos.

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La resolución no se limita a la suspensión de actividades. En su segundo punto, el tribunal ORDENA a Bolivian Gold S.A. el retiro inmediato de su maquinaria, insumos y personal del área en conflicto y condiciona cualquier eventual retorno a la regularización de sus documentos ante el SEPREC, la obtención de licencias de funcionamiento y pólizas de seguro, así como la acreditación de mecanismos de seguridad con participación activa de la comunidad.

La jueza fue enfática al aclarar que el cumplimiento de estos requisitos no constituye una autorización para reiniciar operaciones, las cuales permanecen suspendidas de forma indefinida.

La medida cautelar tendrá vigencia hasta la culminación del proceso principal o hasta que la empresa acredite el cumplimiento estricto de las normas ambientales y de seguridad, previa valoración técnica del juzgado. Además, el tribunal notificó a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) y al Viceministerio de Medio Ambiente para que asuman acciones de fiscalización frente a las irregularidades detectadas, lo que abre la puerta a sanciones administrativas adicionales contra la minera.

La Comunidad Originaria Colque Alta, representada por Leonora Ninfa Mamani Tiñini de Siñani y Claudio Mamani Tiñini, celebró el fallo como un triunfo de la justicia agroambiental y de la lucha por la defensa de sus tierras frente a la expansión minera.