La vocal Celedonia Cruz fue suspendida por una denuncia sobre su ausencia en cuatro sesiones de Sala Plena en 2025


La vocal consideró esta decisión como un acto de acoso y violencia política puesto que considera que carece de motivación y fundamentación.

Por: eju.tv / Video: Redes sociales

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) abrió un proceso disciplinario contra la vocal Celedonia Cruz Ayma por la presunta comisión de una falta muy grave prevista en la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional por supuestamente faltar a sesiones de la Sala Plena en 2025.



La decisión está contenida en el Auto TSE-RSP N° 068/2026, del 28 de septiembre de 2026, con base en una denuncia relacionada con la presunta inasistencia injustificada de la vocal a sesiones de Sala Plena correspondientes a los días 21, 22, 26 y 29 de diciembre de 2025.

Con base en los antecedentes, el Auto establece que en las actas de las sesiones señaladas no figura la asistencia de la vocal.

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No obstante, también dispone que durante el proceso se deberá establecer la situación jurídica de la denunciada en relación con su posesión y el ejercicio efectivo de sus funciones en las fechas observadas.

La vocal del TSE Celedonia Cruz. / Foto: DTV
La vocal del TSE Celedonia Cruz. / Foto: DTV

 

La vocal consideró esta decisión como un acto de acoso y violencia política puesto que considera que carece de motivación y fundamentación.

«El pasado lunes 28 de septiembre de 2026, un grupo de vocales que coyunturalmente constituyen la mayoría de la sala plena del Tribunal Supremo Electoral dispuso mi suspensión del cargo de vocal nacional», afirmó.

«Denuncio estos hechos como actos de acoso y violencia política contra mi persona, en mi condición de mujer y única vocal», señaló Cruz.

Norma

La Sala Plena consideró que los antecedentes presentados contienen elementos suficientes para disponer el inicio del proceso disciplinario y permitir que, en el marco del debido proceso, se esclarezcan los hechos y se establezcan las responsabilidades que correspondan.

La normativa electoral establece como falta muy grave faltar injustificadamente a tres sesiones continuas de Sala Plena o a cinco discontinuas en un mes.

Como medida provisional, el TSE dispuso la suspensión temporal de funciones con goce de haberes de la vocal Cruz Ayma mientras dure el proceso disciplinario, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley 026 del Régimen Electoral.

La apertura del proceso no implica una determinación anticipada de responsabilidad, sino el inicio de un procedimiento disciplinario en el que deberán valorarse los antecedentes, pruebas y descargos correspondientes, con estricto respeto al debido proceso y a la normativa electoral vigente, informó el TSE.