El objetivo es certificar el manejo de idiomas o lenguas oficiales, bajo mecanismos de seguridad, que permita garantizar la autenticidad de su información.
Fuente: paginasiete.bo
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Este miércoles el Gobierno aprobó el decreto supremo 4566 que crea el Certificado Único de Idiomas oficiales en Bolivia, sin el cual no se podrá prestar servicios en la administración pública. El documento tendrá medidas de seguridad para garantizar su autenticidad.
La norma —que obliga a los servidores públicos a actualizar sus conocimientos en los idiomas reconocidos por el Estado— será reglamentada en 30 días, su implementación está a cargo de las carteras de Educación y de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización.
El numeral 7 del Artículo 234 de la Constitución Política del Estado dispone que para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere hablar al menos dos idiomas oficiales del país. El objetivo es certificar el manejo de idiomas o lenguas oficiales, bajo mecanismos de seguridad, que permita garantizar la autenticidad de su información.
Los idiomas oficiales de Bolivia son: el castellano y todos los idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que son el aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasu’we, guarayu, itonama, leco, machajuyai-kallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco.
El certificado será emitido por el Instituto Plurinacional de Estudio de Lenguas y Culturas (Ipelc), en los casos que la enseñanza sea impartida por dicha institución o por las instituciones fiscales, de convenio, privadas y de régimen especial y otras, autorizadas o acreditadas por el Ministerio de Educación; por el Viceministerio de Descolonización y Despatriarcalización del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización de manera conjunta con el Ipelc, por la la Escuela de Gestión Pública Plurinacional de manera conjunta con el Ipelc, en el caso que la enseñanza sea impartida por la Escuela
“Estas instituciones deberán remitir al Ipelc la nómina de personas y otra documentación pertinente a la conclusión de cada ciclo de capacitación para la emisión del Certificado Único» y por las universidades públicas autónomas en coordinación con el Ipelc
“El Certificado Único de Idiomas Oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia, será el único documento válido para el ejercicio de funciones en la administración pública y entidades privadas de servicio público, dice el artículo 4.
“Las y los servidores públicos, las y los trabajadores y otro personal que presta servicios en las entidades, instituciones, empresas públicas y aquellas con participación patrimonial mayoritaria del Estado, deben obligatoriamente actualizar periódicamente sus conocimientos en las lenguas o idiomas originarios; agrega el numeral II.
El Certificado Único tendrá un formato único y deberá contener las medidas de seguridad necesarias para garantizar la autenticidad de los datos registrados en el mismo y será emitido a través de un sistema informático que será administrado por el Ipelc con acceso del Viceministerio de Descolonización y Despatriarcalización y la Escuela de Gestión Pública Plurinacional.