CEJIS asegura que son al menos 10 normas incendiarias entre leyes y decretos que siguen vigentes

El diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Marcelo Pedrazas señaló que esa norma (741) debe ser abrogada, caso contrario los incendios en el país continuarán.

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Bomberos sofocan un incendio en la comunidad de Taperas, en Santa Cruz. Foto: Gobernación de Santa Cruz.

Fuente: ANF

 



El Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) aseguró hay al menos 10 normas, entre decretos supremos y leyes, que están pendientes de ser abrogadas, un paquete normativo principal que permite el desmonte de tierras.

“Es una muestra de voluntad política interesante del Senado, pero aún faltan otros proyectos de ley porque son por lo menos 10 normas, entre leyes y decretos supremos, que tiene que discutir el nivel central del Estado, ya sea desde la Asamblea Legislativa o desde el Órgano Ejecutivo. Entonces, los elementos centrales de las normas que permiten los incendios en áreas aún no están siendo atacadas de fondo”, explicó a la ANF el director del CEJIS, miguel Vargas.

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El jueves, en una sesión que se realizó en el salar de Uyuni, de Potosí, el pleno del Senado aprobó el proyecto de ley que abrogó la Ley 1171 de Uso y Manejo Racional de Quemas; la Ley 337 de Apoyo a la Producción de Alimentos y Restitución de Bosques con sus leyes modificatorias (502, 739 y 952). Sin embargo, le toca a la Cámara de Diputados el tratamiento de las mismas.

En ese sentido, Vargas indicó que los proyectos observados plantean un perdonazo a quienes hayan sido responsables de algún incendio donde se les impone una sanción baja y simbólica que no ataca el principal problema, el desmonte o habilitación de áreas productivas con el uso de fuego.

“Las normas que se están discutiendo aún no resuelven del todo el problema. Los dos proyectos de ley refieren, primero, a las normas que permitían el perdonazo a quienes han quemado y que básicamente les imponen una sanción muy simbólica y que no ataca la necesidad importante que tienen las comunidades, frenar cualquier posibilidad de desmonte o de habilitación de áreas de producción con fuego”, precisó.

Las abrogadas 

Con relación a la Ley 337, del 11 de enero de 2013, si bien poseía un carácter excepcional, que establece el registro al Programa de Producción de Alimentos pagarán un monto único de sanción administrativa por desmonte sin autorización. En el caso de las pequeñas propiedades y propiedades colectivas, se establecieron multas bajas.

Incluso esa norma fue modificada en al menos tres ocasiones por una serie de leyes, la 502, 739 y la 952, el gobierno de Evo Morales amplió el “perdonazo” a los desmontes y quemas ilegales que se realizaron desde 1996 hasta diciembre del 2017.

Otra de las normas que fue abrogada por el Senado fue la Ley 1171, del 25 de abril de 2019, que fue calificada como la que originó los incendios del 2019. El escrito dispone los lineamientos de la política nacional de manejo integral del fuego, donde establece un régimen de sanciones administrativas por la realización de quemas sin autorización.

Dichas sanciones son determinadas por el tipo de propiedad y la hectárea quemada, las cuales son valoradas en UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda), es decir, que equivale a Bs 2,53. Por ejemplo, en el caso de una propiedad pequeña agrícola se pagaba 1 UFV por hectárea afectada, mientras que en una propiedad empresarial la multa era de 100 UFV’s por hectárea quemada.

Normas pendientes  

La Ley 741, promulgado el 29 de septiembre del 2015, autorizó el desmonte de hasta 20 hectáreas en pequeñas propiedades, comunitarias, en proceso de saneamiento y de asentamientos humanos y en tierras con cobertura boscosa, sin que sea necesario la presentación del Plan de Ordenamiento Predial o de Gestión Integral de Bosque y Tierra.

Al respecto, el diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Marcelo Pedrazas señaló que esa norma debe ser abrogada, caso contrario los incendios en el país continuarán. Cuestionó a los senadores de oposición que no plantearon la eliminación de esa norma, los tildó de funcionales al MAS.

“Si no se abroga la ley 741 va a seguir ardiendo Bolivia, van a seguir muriendo los animales y van a seguir quemándose los bosques. Los senadores de la oposición no sé qué funcionalidad tienen con el masismo, saben que la ley madre de las leyes incendiarias es la 741”, manifestó.

A la vez, la Ley 740 complementó la normativa anterior ya que amplió por cinco años la verificación de la Función Económica Social (FES) en propiedades medianas y empresas agrícolas.

Otra norma pendiente es la Ley 1098, del 17 de septiembre de 2018, que dispuso el marco normativo que permite la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de aditivos de origen vegetal con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de insumos, aditivos y diésel bajo el argumento de precautelar la seguridad alimentaria.

Asimismo, el Decreto Supremo 3874, del 18 de abril de 2019, autorizó al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados en la evaluación de la soya evento HB4 y soya evento intacta de producción de aditivos de origen vegetal.

Finalmente, el Decreto Supremo 3973, de junio de 2019, modifica el artículo 5 del Decreto Supremo 26075 que permite el desmonte para actividades agropecuarias en tierras privadas y comunitaria en Santa Cruz y Beni.

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