Informe de la CIDH: Ninguna autoridad electa puede ejercer más de dos periodos, según abogado constitucionalista

Evo Morales fue presidente durante tres periodos consecutivos 2006-2010, 2010-2015 y 2015-2019, es decir que superó lo permitido por la normativa nacional. En 2019 intentó otra reelección.

eju.tv / Video: DTV
Juan Carlos Véliz / La Paz



El abogado constitucionalista José Antonio Rivera afirmó que el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que respaldó la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en sentido de que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano, señala en concreto que ninguna autoridad electa mediante voto puede ejercer el cargo por más de dos periodos como establece la Constitución.

«En primer lugar queda reafirmado que no hay un derecho humano a la reelección continua, que la reelección tiene que estar limitada en materia temporal porque de lo contrario quedaría afectada la democracia representativa que está sustentada en principios de otros reconocidos por la Carta Democrática de las Américas que son la alternancia en el ejercicio del poder porque la prolongación en el cargo de Presidente afecta seriamente a los principios de alternancia y dos de separación de funciones porque puede provocar la concentración de poder en manos del Presidente”, afirmó el jurista anoche en una entrevista con la red DTV.

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El informe también indica que “el Constituyente del Estado boliviano ha limitado la reelección presidencial y de otras autoridades electas, que se haga de manera continua y por una sola vez. Ninguna autoridad electa, principalmente Presidente y Vicepresidente, puede ejercer ese mismo cargo por dos periodos”, complementó.

La CIDH tomó como base de su determinación la Opinión Consultiva 28/21 de la Corte IDH que concluyó que “la reelección indefinida no es un derecho humano protegido por la Convención Americana” en relación a la consulta realizada después de que el expresidente Evo Morales fue habilitado por una sentencia constitucional de 2017 para postular a una tercera reelección presidencial continua pese a que la Constitución Política del Estado prevé sólo dos reelecciones continuas.

Evo Morales fue presidente durante tres periodos consecutivos 2006-2010, 2010-2015 y 2015-2019, es decir que superó lo permitido por la normativa nacional. En 2019 intentó otra reelección pese a que un referéndum en 2016 rechazó la ampliación de la reelección presidencial mediante una reforma de la Constitución.

Su intento derivó en la crisis política que se saldó con su renuncia a la presidencia el 10 de noviembre y su posterior asilo en México, y la muerte de al menos 37 personas en enfrentamientos entre civiles y con las fuerzas regulares del Estado como consecuencia de movilizaciones de sus seguidores.

Ahora intenta una nueva postulación para las elecciones presidenciales de 2025; sin embargo, la Corte IDH a través de su opinión consultiva ahora refrendada por la CIDH, una sentencia del Tribunal Constitucional de 2023 y la misma Carta Magna ratifican que éste no pude volver a postular a la Presidencia.

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“La única manera de habilitar a Evo Morales sería vulnerando una vez más la Constitución como fue la constante en este periodo de tiempo durante el ejercicio de Evo Morales en el cargo de presidente en el que hubo un peligroso periodo de ‘desconstitucionalización’”, alertó el abogado constitucionalista.

Sobre el argumento de “reelección discontinua” de la defensa de Evo Morales afirmó que “no tiene asidero” porque en el sistema constitucional y la historia constitucional de Bolivia y la región la reelección presidencial siempre estuvo prohibida.

Evo Morales ahora intenta una nueva habilitación para ser candidato en las elecciones presidenciales. / Foto: @evoespueblo