La nueva propuesta establece que la devolución sólo procederá si el tributo omitido es menor a Bs 15.000 en el caso de productos agropecuarios y alimentos, siempre y cuando el infractor pague el 50% del valor de la mercancía incautada.
eju.tv
Lidia Mamani / La Paz
Con el objetivo de fortalecer la protección de la producción nacional y frenar el contrabando a la inversa, se establece un límite de Bs 15.000 en tributo omitido para la devolución del vehículo en el que se traslada productos agropecuarios y alimentos hacia países vecinos, con el fin de vender el alimento a un precio mayor que el que se comercializa en el mercado interno. El contenido está incluido en el proyecto de ley 582/24, que establece modificaciones a la Ley 2492, del Código Tributario, que el Poder Ejecutivo remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).
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Según la norma vigente, los medios de transporte utilizados en contrabando contravencional pueden ser devueltos si el tributo omitido de la mercancía no supera las 200 mil Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV). Sin embargo, la nueva propuesta establece que la devolución sólo procederá si el tributo omitido es menor a Bs 15.000 en el caso de productos agropecuarios y alimentos, y siempre y cuando el infractor pague el 50% del valor de la mercancía incautada.
“La normativa vigente brinda posibilidad de realizar devolución del medio del transporte únicamente en contrabando contravencional, es decir en los casos que el tributo omitido de la mercancía no supera las 200 mil UFV. En ese sentido, se propone límite para la devolución del medio de transporte cuando el tributo omitido de las mercancías sea menor al establecido en el primera escala o menor a los Bs 15.000, establecidos para productos agropecuarios y alimentos”, señala en una parte del proyecto de ley que se encuentra en la ALP, desde fines de enero pasado.
Además, establece que el infractor deberá pagar el 50% del valor de la mercancía de contrabando para recuperar su auto, en donde estaba intentando sacar la producción nacional.
Asimismo, el proyecto de ley introduce otras sanciones severas contra el contrabando a la inversa, que consiste en la salida ilegal de productos bolivianos hacia el extranjero. En la parte de la exposición de motivos, enfatiza que hasta la fecha, el contrabando a la inversa no puede ser penalizado hasta que la mercancía abandone el territorio nacional, lo que limita la capacidad de las autoridades para actuar de manera inmediata.
Con la propuesta de normativa, la tentativa de extracción en zonas de seguridad fronteriza de Bolivia, será castigada con la misma pena que el delito consumado. En el caso de ser identificada fuera de estas zonas, la sanción será equivalente a dos tercios de la pena establecida para el contrabando.
El proyecto de ley se origina luego que durante el 2024, los diferentes productores de carne de res, de pollo, de cerdo, de huevo, arroz, azúcar,además de los productos agrícolas, denunciaron que en el mercado interno se registra un alza debido al contrabando a la inversa que se registra hacia países vecinos como Brasil, Perú o Argentina. En este último por ejemplo, el precio del arroz está por encima de los Bs 600 el quintal, mientras que en diferentes mercados bolivianos estaba en promedio Bs 200 y actualmente el más económico se vende a Bs 420, también hay de Bs 500, que varía por su calidad.