Tanto la Constitución como la Ley de Régimen Electoral establecen que solo los votos válidos definen al próximo presidente y la composición de la ALP, los nulos y blancos quedan como estadística
Fuente: El País.bo
En las últimas semanas, las redes sociales, conferencias de prensa y declaraciones públicas se han convertido en el escenario de una nueva pulseada política, la campaña por el voto nulo. El impulso proviene del sector afín a Evo Morales, luego de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) negara su habilitación como candidato para las elecciones generales de este 17 de agosto y ahora aseguran que van a ser mayoría y con eso podrán deslegitimar al gobierno entrante y exigir nuevas elecciones. Sin embargo, la normativa nacional deja ver que no tendrá incidencia.
El propio Morales afirmó el pasado miércoles que si esta opción del voto nulo supera a los votos válidos, “Evo ganó las elecciones” porque, según su visión, no existe un candidato que represente “al pueblo boliviano”.
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El marco legal boliviano dice otra cosa.
Lo que dice la Constitución
La Constitución Política del Estado (CPE), en su artículo 166, establece que será proclamada la candidatura ganadora aquella que obtenga: El 51% de los votos válidos, o; un mínimo del 40% de los votos válidos con una diferencia de al menos 10 puntos porcentuales respecto al segundo lugar.
En este punto, hay un detalle, el voto válido es aquel emitido correctamente por una candidatura. El voto en blanco y el voto nulo no entran en el cálculo para determinar ganadores. En otras palabras, aunque el voto nulo sea mayoritario, no beneficia ni perjudica directamente a ningún candidato, y tampoco puede forzar una repetición electoral.
La Ley Electoral
La Ley N° 026 de Régimen Electoral clasifica el sufragio en tres categorías: Voto válido, cuando el elector marca correctamente por un candidato; voto en blanco, cuando se entrega la papeleta sin ninguna marca; voto nulo, cuando se marcan más de una casilla o se realizan tachaduras o dibujos que anulen la papeleta.
El artículo 52 de la norma señala que solo los votos válidos definen al ganador, mientras que los blancos y nulos se registran únicamente con fines estadísticos.
Además, menciona que si ningún candidato alcanza el 51% o el 40% con 10 puntos de ventaja, se convoca a segunda vuelta, siempre con base en los votos válidos, no en el total de sufragios emitidos.
¿Qué dice el TSE?
Desde el Tribunal Supremo Electoral (TSE) vuelven a ratificar que el voto nulo no anula las elecciones, sin importar cuán alto sea su porcentaje.
El vocal del TSE, Gustavo Ávila, explicó a El País que existe una confusión alimentada por actores políticos y replicada en redes sociales. “El voto nulo y el voto blanco solamente tienen fines estadísticos. Si la cantidad de votos nulos supera a los votos válidos, no se anula la elección”, remarcó.
Ávila recordó que hay antecedentes en este tipo de casos, citando las elecciones judiciales de 2018, ocasión que el voto nulo y el blanco sumaron más del 60%, pero la votación fue válida y los resultados se aplicaron conforme a la ley.
“Igual se van a elegir representantes, eso tiene que saberlo la ciudadanía, por más que exista una cantidad desorbitante de votos nulos, con los votos válidos que existen, con eso se define quien será nuestro presidente, vicepresidente, senadores y diputados”, enfatizó.
Un impacto político, no legal
El argumento político de que el voto nulo puede deslegitimar a un gobierno se basa más en un efecto simbólico que en un efecto jurídico. Si bien un alto porcentaje de votos nulos podría ser utilizado como discurso para cuestionar la representatividad del ganador, no existe mecanismo legal que obligue a repetir los comicios por esta causa.
Aunque el voto nulo no influye en la asignación de la presidencia, sí puede tener un impacto mediático y en la narrativa posterior a la elección. Una elevada cantidad de votos nulos podría ser presentada como un rechazo masivo a todo el sistema político, algo que el evismo parece querer capitalizar para mantener activa su base de apoyo y presionar políticamente.
El voto nulo puede convertirse en un termómetro del descontento ciudadano, pero no en una llave para abrir la puerta a nuevas elecciones. La norma boliviana no lo permite, y los antecedentes confirman que ni siquiera un 60% de votos nulos tiene el poder de invalidar un proceso electoral.
Fuente: El País.bo