Gobernador Camacho promulga el Decreto Departamental de “Auto de buen gobierno” para las elecciones del domingo 19


Aplicación. El Auto de buen gobierno inicia desde las 00:00 hora del jueves 19, y culmina pasado un día de la segunda vuelta las elecciones naciones (lunes 20). Su cumplimiento es obligatorio.

Fuente: Gobernación de Santa Cruz

Con la finalidad de resguardar y garantizar el orden que regirá en el departamento de Santa Cruz, el gobernador Luis Fernando Camacho, en uso de sus atribuciones constitucionales, promulgó el Decreto Departamental Nº 508, que declara “Auto de Buen Gobierno” por el proceso de «segunda vuelta electoral para la elección de presidente y vicepresidente del Estado», previsto para este domingo 19 de octubre de 2025.



El encargado de dar los detalles de esta normativa fue el secretario departamental de Gestión Institucional, José Luis Gómez, que informó que desde las 00:00 hora del jueves 16 hasta las 18:00 del domingo 19 queda prohibida cualquier forma de manifestación pública de apoyo rechazo a una de las candidaturas, más conocido como “silencio electoral”, así como también el traslado de electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte.

En caso de presentarse este hecho se remitirán antecedentes al Ministerio Público.

=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas

Y desde las 00:00 del día viernes 17 hasta las 12:00 pm horas del día siguiente de la Segunda Vuelta Electoral-2025 (lunes 20), no se puede expender o consumir bebidas alcohólicas en domicilios particulares, tiendas, cantinas, hoteles, restaurantes y cualquier otro establecimiento público o privado.

A partir de la 00:00 hora hasta las 24:00 del domingo, no debe haber circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que exhiban la autorización extendida por el Tribunal Supremo Electoral o tribunales electorales departamentales.

Quedan exentos los vehículos de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas que estén realizando tareas de seguridad y cadena de custodia, ambulancias o carros nomberos que se encuentren atendiendo emergencias.

De acuerdo el Decreto Departamental, hasta 24:00 del domingo no debe haber servicios de transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo en todo el departamento, exceptuando los viajes que realicen los servidores públicos del Órgano Electoral o de las fuerzas de seguridad, en cumplimiento de sus funciones, y los vuelos internacionales que estén en tránsito o que se originen o arriben en Santa Cruz.

De la misma manera, hasta las 24:00 del domingo queda prohibido portar armas de fuego, punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos para la seguridad de las personas; no forman parte de esta prohibición las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, encargadas de mantener el orden público.

Sanciones
En caso de incumplimiento de alguna de las prohibiciones dispuestas en presente Decreto Departamental, el Órgano Electoral, a través de las autoridades competentes, aplicará las sanciones correspondientes conforme lo dispuesto en el “Reglamento de faltas electorales”.

A su vez, las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana brindarán la colaboración necesaria para garantizar la seguridad en todas las actividades requeridas dentro del proceso eleccionario, esto en observancia a lo previsto en los Artículos 148 y 149 de la Ley del Régimen Electoral.