Sala Constitucional de La Paz suspende audiencia contra bloqueos


La Central Obrera Boliviana (COB) no fue notificada con la citación a la audiencia de la Sala Constitucional Cuarta de La Paz, presidida por la juez Carmiña Vera

Uno de los últimos bloqueos convocados por la COB. Foto archivo: COB

eju.tv

La Sala Constitucional Cuarta de La Paz suspendió la audiencia que debía tratar la acción popular presentada por el exdiputado Amilkar Barral en contra de la Central Obrera Boliviana (COB) y sus bloqueos, porque no fueron notificadas las partes.



Barral informó de la suspensión de la audiencia de la acción popular que busca impedir nuevos bloqueos de caminos, como el que convocó la dirigencia cobista y que se extendió por dos semanas con perjuicios para la ciudadanía.

“Suspenden la audiencia de acción popular contra las COB (bloqueo), porque el personal de la sala constitucional, no notificó a los demandados”, explicó en un post en su cuenta en X. No se conoce la fecha reprogramada.

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La Constitución Política del Estado establece en su artículo 136 que la acción popular “procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por esta Constitución”.

Uno de los últimos bloqueos fue, precisamente, convocado por la COB de Mario Argollo, en demanda de anulación del decreto 5503 que eliminó la subvención y subió a precio internacional los carburantes.

El gobierno de Rodrigo Paz terminó aceptando la exigencia por la presión de los bloqueos que se extendieron por dos semanas. El decreto 5516 reemplazó al 5503, pero mantuvo el retiro de la subvención y compensaciones sociales y facilidades arancelarias.

Barral consideró que no será necesario esperar una ley, para que sean prohibidos y sancionados los bloqueos de caminos.