Las personas que no sufragaron deben presentar este documento para acceder a los servicios bancarios, tramitar documentos como el pasaporte, entre otros.
Un ciudadano realiza el trámite en oficinas del TED de La Paz. Foto: Fuente Directa
Por eju.tv / La Paz
Hasta el 21 de abril, los nueve tribunales electorales departamentales otorgarán los certificados de exención de sufragio a los ciudadanos que por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no pudieron emitir su voto en las Elecciones Subnacionales 2026.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
La Ley 026 del Régimen Electoral establece que los certificados de impedimento o exención, serán extendidos a ciudadanos que, por causas ajenas a su voluntad, no pudieron concurrir a los recintos electorales y emitir su voto ya sea por ausencia de su lugar de residencia, por viajes inexcusables, actividades laborales, enfermedad, accidentes u otras emergencias.
Otras causales son la discapacidad motora muy grave, casos vinculados a la privación de libertad como detenciones domiciliarias o personas que estuvieron fuera del país y no pudieron retornar para participar en el proceso eleccionario.
La normativa define que las solicitudes deben acompañarse necesariamente con documentación de respaldo como certificados médicos, memorandos de designación de trabajo, contratos de prestación de servicios, certificados de discapacidad, pasajes de avión y otros, según corresponda.
Las personas que no sufragaron deben presentar el certificado para acceder a los servicios bancarios, tramitar documentos como el pasaporte, entre otros.

