En la resolución del TSE que avala la declinatoria de NGP se «proclama» a Revilla como gobernador


Asimismo, se señala como conclusión que «se puede establecer que la determinación asumida por el Comité Ejecutivo Nacional de Nueva Generación Patriótica (NGP) se enmarca a lo establecido en el Estatuto Interno».

Luis Revilla en una conferencia con sus militantes. / Foto: LR.
Luis Revilla en una conferencia con sus militantes. / Foto: LR.

Por: eju.tv 

En la resolución del Tribunal Supremo Electoral (TSE) con la que avaló la declinatoria de Nueva Generación Patriótica (NGP) a la segunda vuelta de la elección en La Paz también se reconoce a Luis Revilla. de la alianza Patria Sol, como gobernador.



El auto TSE-RSP N° 064/2026 del 1 de abril de 2026 señala en sus primeros dos puntos la aceptación de la declinatoria y luego la proclamación de Revilla como gobernador.

El caso ha generado polémica, luego de que el postulante de NGP, René Yahuasi, denunciara supuestas vulneraciones a los derechos políticos y chantajes de parte de la dirigencia del partido por el que terció..

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«PRIMERO.- ACEPTAR LA DECLINATORIA de participación en la segunda vuelta electoral para la Gobernación del departamento de La Paz, en las Elecciones Subnacionales 2026, formulada por la organización política Nueva Generación Patriótica (NGP), de acuerdo a la determinación interna asumida por la organización política; en consecuencia, queda sin efecto la convocatoria a segunda vuelta en el departamento de La Paz», señala el primer punto.

La resolución del TSE sobre el caso NGP. / Foto: eju.tv.
La resolución del TSE sobre el caso NGP. / Foto: eju.tv.

«SEGUNDO.-PROCLAMAR como Gobernador del departamento de La Paz, al ciudadano Luis Antonio Revilla Herrero, en representación de la organización política PATRIA SOL, debiendo anexarse copia legalizada del presente Auto en el Acta de Cómputo Departamental de La Paz», se añade en el segundo punto.

Asimismo, se señala como conclusión que «se puede establecer que la determinación asumida por el Comité Ejecutivo Nacional de Nueva Generación Patriótica (NGP) se enmarca a lo establecido en el Estatuto Interno de la citada organización y se encuentra dentro de la previsión del artículo 64-a de la Ley N° 026 del Régimen Electoral».

«En consecuencia es pertinente aceptar la declinatoria de participación en la segunda vuelta en el departamento de La Paz y proclamar como Gobernadora a la candidatura de la otra fórmula», se señala.

Revilla aseguró la semana pasada que no había sido notificado por el TSE y esperaba que se cumpla ese procedimiento para pronunciarse.

Un similar argumentó expuso Yahuasi, aunque en este caso el TSE lo notificó por la vía virtual.