Gobierno dispone registro obligatorio de ONG para mejorar la orientación de recursos económicos


El registro es obligatorio para la ejecución de programas y proyectos de cooperación técnica y financiera

Edificio del Ministerio de Economía. Foto:ABI

eju.tv

Las Organizaciones no Gubernamentales (ONG) o Fundaciones están obligadas a registrarse en el Registro Único Nacional (RUN) habilitado por el Gobierno, para promover una mejor orientación de los recursos que reciban, procurando complementariedad y articulación entre sus programas y proyectos.



Mediante el Decreto 5673, el renovado sistema operará bajo mecanismos de interoperabilidad, mediante el intercambio de información en línea y la integración de bases de datos con las entidades públicas correspondientes, conforme a convenios interinstitucionales.

“El ministerio cabeza de sector, a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, tiene a su cargo el RUN para la matriculación obligatoria de todas las ONG o fundaciones nacionales y extranjeras que desarrollan actividades en el territorio nacional, así como la administración de la información del RUN. La información registrada tiene carácter de declaración jurada”, prevé el parágrafo III del artículo 3 del decreto.

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El registro es obligatorio para la ejecución de programas y proyectos de cooperación técnica y financiera, independientemente de la naturaleza jurídica de los ejecutores y de la naturaleza pública o privada de la fuente cooperante.

El artículo 7 prevé un plazo máximo de 60 días hábiles para el registro obligatorio de las ONG y fundaciones.

El Gobierno utilizará la información del RUN a fin de promover una mejor orientación de los recursos recibidos por las ONG o fundaciones, procurando complementariedad y articulación entre sus programas y proyectos.