El ministro de Economía, José Gabriel Espinoza, anunció que recurrirá al Tribunal Constitucional

La censura en la Asamblea Legislativa Plurinacional al ministro de Economía, José Gabriel Espinoza, fue inconstitucional, porque se aprobó con el voto de los presentes y no con los dos tercios de los miembros del Legislativo, como establece la Constitución Política del Estado, aseguró el vocero presidencial, José Luis Gálvez.
De acuerdo con el recuento de votos de los presentes en la sesión del Legislativo de este martes, 91 votaron por la censura, 34 por el orden del día puro y simple, y 4 se abstuvieron. La censura se dio en ausencia de Espinoza, quien pidió reprogramar su interpelación porque tuvo que atender asuntos de Estado.
“Esto implica que cualquier resolución de censura que se emita en función de esos resultados es inconstitucional, violatoria de los derechos y, además, vulnera el principio de jerarquía normativa, porque el reglamento que rige a la Asamblea no puede estar por encima de la Constitución”, afirmó Gálvez sobre la sesión presidida por Edmand Lara.
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Espinoza debió acudir este martes a una interpelación en el Legislativo, a partir de las 10:00, por temas de la agenda económica, pero no asistió y solicitó la reprogramación debido a que debía cumplir con obligaciones de su cartera en Santa Cruz y posteriormente en Brasil.
La mayoría de los legisladores rechazó los argumentos y votó por la censura, aunque ahora se puso en tela de juicio su validez. El propio Espinoza anunció que recurrirá al Tribunal Constitucional Plurinacional, debido a que el voto de censura requiere un respaldo de 111 votos de los asambleístas.
“Queremos exhortar respetuosamente al presidente nato de la Asamblea Legislativa a sujetarse a los lineamientos y preceptos determinados por la Constitución Política del Estado respecto a la censura de ministros de Estado”, afirmó Gálvez.
Espinoza, según se anunció, tomará las acciones legales correspondientes. La censura implica la destitución del ministro.
El inciso 18 del artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que una de las atribuciones de la ALP es “Interpelar, a iniciativa de cualquier asambleísta, a las Ministras o los Ministros de Estado, individual o colectivamente, y acordar la censura por dos tercios de los miembros de la Asamblea. La interpelación podrá ser promovida por cualquiera de las Cámaras. La censura implicará la destitución de la Ministra o del Ministro”.