Defensa del Consumidor recuerda que inmobiliarias no pueden revertir terrenos o ejecutar desalojos por impagos


Las controversias sobre incumplimiento, resolución contractual y recuperación de inmuebles deben ser sometidas a la vía jurisdiccional civil

Oficinas de Defensa del Consumidor. Foto archivo

eju.tv

Las empresas inmobiliarias carecen de atribuciones legales para ejecutar reversiones de terrenos, desalojos forzosos, amenazas o cualquier otra medida de hecho por incumplimiento de pagos, advirtió el Gobierno.



La Dirección General de Defensa de los Derechos de los Usuarios y Consumidores (vdcom) recordó que ningún incumplimiento contractual faculta a los proveedores a ejercer acciones coercitivas ni a recuperar inmuebles por cuenta propia, omitiendo los procedimientos legalmente establecidos.

El artículo 115 de la Constitución Política del Estado garantiza el debido proceso y el derecho a la defensa, mientras que el artículo 568 del Código Civil fija los mecanismos legales para exigir el cumplimiento o la resolución de un contrato en caso de controversia.

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«Las controversias sobre incumplimiento, resolución contractual y recuperación de inmuebles deben ser sometidas a la vía jurisdiccional civil, según corresponda, quedando expresamente prohibida la ejecución de desalojos mediante vías de hecho o sin la intervención de la autoridad competente», señala el comunicado institucional.

Asimismo, se recordó a las firmas del sector inmobiliario que no pueden imponer penalidades desproporcionadas, retener injustificadamente los montos abonados ni recurrir a intimidaciones destinadas a forzar la devolución de predios.

«De la misma forma, deberán abstenerse de disponer reversiones arbitrarias o ejecutar desalojos al margen de los procedimientos judiciales y mecanismos legales correspondientes», concluye el pronunciamiento oficial.