El carácter “sagrado” del TIPNIS

Franz Rafael Barrios González*tipnis_02_21El director general de la Agencia para el Desarrollo de las Macrorregiones y Zonas Fronterizas (Ademaf), Edwin de la Fuente, anunció que la Fuerza Binacional de Ingeniería Social Bolivia Venezuela (FBIS-BV) ingresará al TIPNIS  hasta fin de año. Asimismo, desde la Gobernación beniana, anunciaron «la realización de otra consulta para la construcción (o no) de una carretera en medio del TIPNIS”.Recordemos que en 2012, tras llevarse a cabo la primera consulta (tardía por cierto) a los pueblos indígenas del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) y dar a conocer que «de las 69 comunidades establecidas en el protocolo de consulta, 58 fueron consultadas (84%)” y que «11 comunidades (16%) decidieron no participar de la consulta”, el Gobierno creyó estar legitimado para consumar la destrucción del TIPNIS con su vulneratoria carretera.  En el Gobierno creen erróneamente que, en un primer momento, «crearon la intangibilidad” por medio de la Ley 180 de Protección del TIPNIS de 2011 y que luego arrepentidos, «la extinguieron” con la Ley 222 de consulta a los pueblos indígenas del TIPNIS de 2012 y la amañada difusión de los «resultados” de dicha consulta.Por su parte, en aquel entonces, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) expidió la Sentencia 300/2012, transfiriendo el riesgo a las partes, y posibilitando que el Gobierno pueda realizar consultas de  mala fe  (posteriores a la ejecución de medidas legislativas y administrativas).Empero, el TCP y menos los personeros del oficialismo (obligados a conocer y hacer cumplir las leyes), no pudieron percatarse de que la «intangibilidad” del TIPNIS definitivamente yace consagrada como institución jurídica en el Art. 30 de la Constitución Política del Estado (CPE).Al respecto, debe señalarse que los indígenas conciben a la naturaleza, específicamente al lugar que habitan, como «su lugar sagrado”. En tal entendido, la CPE en su Art. 30 II reconoce que las naciones y pueblos indígenas gozan del derecho «a su identidad cultural, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres, y a su propia cosmovisión” (núm. 2).También reconoce que gozan del derecho «a la protección de sus lugares sagrados” (núm. 7). Por tanto, los indígenas al entender al lugar que habitan (denominado TIPNIS) como «su lugar sagrado”, satisficieron con hechos (entendimiento, costumbres y ritos) la situación jurídica presupuesto establecida por los numerales 2  y 7 del par. II del precitado Art. 30 de la CPE, e  ipso jure  (por el solo imperio del orden público constitucional) lo hicieron «intangible” y le generaron un «blindaje jurídico” constitucional (salvo reforma) contra las marrullerías gubernamentales.  Razón por la cual jamás hizo falta que el Gobierno simulara, por medio de leyes, «crear la intangibilidad”, discutirla a través de una consulta ulterior y, finalmente, «extinguirla” a conveniencia. Por el contrario, al Gobierno, su propia CPE y las leyes lo compelen bajo responsabilidad a respetar y garantizar el derecho a la protección del «lugar sagrado” (TIPNIS de los indígenas.No obstante, el Gobierno «justificó” su actitud frente al TIPNIS, emitiendo prejuicios en contra de los indígenas bolivianos y sus particulares condiciones de vida.  Ya que en «el acto de clausura” de la primera consulta de 2012 (en Trinidad), recordemos, el vicepresidente Álvaro García Linera  dijo que los indígenas del TIPNIS   «no quieren vivir apartados como animales de bosque”. Es decir que, en los esquemas mentales del Gobierno, los indígenas «viven como animales de bosque” y, «a cambio”, les ofrecen que con la construcción de la carretera recién (o sólo con ésta) «vivirán como personas”.  Finalmente, le hacemos saber a García Linera que por imperio del orden público, contenido en los artículos 1 y 3 del Código Civil, y aunque no le guste, los indígenas, al igual que todos los bolivianos, desde que nacen e incluso antes, en lo que les sea favorable, son personas y gozan de plena capacidad jurídica.¡Y dicha calidad de personas no la otorgará jamás una vulgar carretera!*Investigador en asuntos jurídicosPágina Siete – La Paz