Vigencia de ley para acelerar juicios desata apoyo y rechazo

Justicia de Bolivia. Vulnera derechos, dicen penalistas. El Gobierno lo destaca.

imageLa Paz. La toma de una audiencia judicial en el caso del crimen de los periodistas Peñasco Layme. Foto archivo La Razón.

La Razón / La Paz



La vigencia de la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, desde el 30 de octubre, desató reacciones opuestas. Mientras abogados penalistas la cuestionan porque vulnera derechos constitucionales de las partes, el Gobierno sostiene que acelera juicios.

Con el fin de reducir la carga procesal existente y la retardación de justicia, esa norma anuló la participación de los jueces ciudadanos en los juicios y también eliminó las audiencias conclusivas, entre otros aspectos, acciones que causaron vacíos legales en litigios que actualmente están en curso.

“Hay una actitud contraria de lo que fue el espíritu del Código de Procedimiento Penal que ahora está incorporando un régimen de celeridad sí, pero con vulneraciones a los derechos de defensa de los encausados y de los justiciables”, observó Ayda Camacho, abogada de la defensa del caso Chaparina, juicio que ya tiene tres años.

Argumentos. Explicó que con esta norma se vuelve a un sistema inquisitorial, en el que las personas que pueden o deben someterse a la acción de los tribunales de justicia, se encuentran sujetas a la arbitrariedad y a la falta de transparencia.

Camacho sostuvo que si bien hay un abanico de posibilidades para apurar los juicios, es el acusado el que debe declararse culpable al someterse a un juicio abreviado, pese a que toda persona tiene el derecho de demostrar su inocencia en un juicio justo y no en un proceso que se le restringe los derechos y garantías penales. “Esta ley está destinada a restringir derechos constitucionales procesales de los encausados”, cuestionó la jurista.

Mary Carrasco, abogada de las víctimas de los hechos de violencia de Porvenir (Pando), proceso abierto desde hace seis años (2008), también rechazó la normativa porque, según su punto de vista, no se cumple la nueva Carta Magna y se transgrede el Código de Procedimiento Penal.

“Se desfiguró el sistema acusatorio penal, ya no podemos decir que hay uno, ya que éste se rige con principios absolutamente garantistas que está en la Constitución, pero que lamentablemente con esta ley, eso especialmente en el tema de la justicia democrática, desapareció”, criticó Carrasco.

También señaló que con la normativa no se terminará con la retardación de la justicia, pese a que “decapitaron” a los jueces ciudadanos de los procesos penales, lo que realmente tendrá una consecuencia directa.

La ministra de Justicia, Sandra Gutiérrez, ratificó que esta ley de descongestionamiento tiene como objetivo acelerar los procesos que estén paralizados y ayudará a terminar con la retardación de justicia. “La norma da importantes innovaciones que son introducidas con la Ley 586. Existen alternativas que antes solo podían ser planteadas hasta antes de presentar la acusación, ahora inclusive pueden hacerlo durante el juicio antes de que se dicte una sentencia”, explicó la titular de Justicia en una entrevista concedida a la red Cadena A.

Gutiérrez señaló que ante esas excepciones y otras, la palabra la tendrán  los jueces, quienes dirán si es procedente o no, depende del caso.

Marco Antonio Rodríguez, fiscal que lleva adelante el caso Terrorismo, afirmó que la Ley 586 tiene una finalidad de descongestionar el sistema procesal penal en fases específicas y eso es beneficioso para acelerar litigios. La audiencia conclusiva era un cuello de botella, debido a que antes era prácticamente imposible de que un acusado pueda admitir su culpa y someterse a un juicio abreviado en pleno proceso, aspecto que ahora es factible con la nueva norma, destacó.

La justicia necesita recursos

Equilibrio

Paola Barriga, abogada del caso Niña Patricia, aseguró que no se hizo una valoración para emitir la Ley 586 porque existe un desequilibrio en lo económico, además que la  Justicia requiere una reingeniería total y materiales para los operadores.

Piden asignar al menos 24 jueces técnicos

Los Tribunales Departamentales de Justicia (TDJ) de La Paz y Cochabamba requieren al menos 24 jueces técnicos más para la aplicación de la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización Procesal Penal, que está en vigencia en el país desde el 30 de octubre.

El presidente del TDJ de La Paz, Juan Carlos Berríos, informó a este diario que existe un problema a resolver con respecto a la creación de jueces técnicos. “Al momento tenemos 13 juzgados, cada uno con dos jueces técnicos, es decir, 26 en total. La nueva ley establece que en el plazo de 20 días, a partir de la promulgación, deben comenzar a trabajar tres jueces técnicos por juzgado, es decir que en el Distrito Judicial de La Paz deberían haber 39 jueces, 13 de los cuales deberían ser producto de un proceso de convocatoria, selección y designación por parte del Consejo de la Magistratura”, observó la autoridad.

La titular del Tribunal de Justicia de Cochabamba, Nuria González, informó que pedirá a las autoridades pertinentes más administradores de justicia para los tribunales de Cochabamba, con el objetivo de acelerar la aplicación de la Ley 586. “Vamos a exigir al Consejo de la Magistratura crear al menos 11 jueces técnicos más, para que los tribunales de sentencia se fortalezcan y funcionen de manera adecuada”, sostuvo la presidenta del TDJ.

Entre las características de la nueva normativa está la creación de los Tribunales de Juicio Oral con solo tres jueces técnicos. En este caso los jueces ciudadanos ya son separados de estas cortes, hecho que también provocó observaciones por la falta de control social en la Justicia.