Una cuenta bancaria solo puede ser revertida si es abandonada por 10 años

La publicación de una entidad bancaria que advierte sobre la reversión de fondos a cuentas que no registran actividad durante una década causó alarma entre los internautas

Christopher Andre



Circula en redes sociales el comunicado de una entidad financiera que trabaja a nivel nacional en el que informa a sus clientes y ahorristas que los fondos de las cuentas bancarias que no registren actividad durante diez años serán revertidos al Estado. Este mensaje causó alarma en usuarios de redes sociales que viralizaron rápidamente el mensaje, entendiendo que se trata de una nueva norma.

En realidad la prescripción de cuentas bancarias y la reversión de sus fondos está vigente en el país desde hace 40 años y está señalada específicamente en el artículo 1308 del Código de Comercio. 

«Los depósitos en cuenta corriente, en cuentas de ahorro y a la vista, prescriben en favor del Estado en el plazo de diez años desde la última operación realizada y siempre que hayan sido abandonados por sus titulares durante dicho lapso. En los depósitos a plazo, dicho término se computará desde la fecha de su vencimiento», señala la norma.

Esto significa que los fondos se revierten solo cuando no existe ningún tipo de actividad (retiros, depósitos, consulta de extractos) y se considera, cuando se cumplen diez años, que hubo abandono de la cuenta. La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi) también hace referencia a la prescripción de cuentas en su Reglamento para Cuentas Corrientes. En esta norma, artículo 18, se especifica que a los dos años de no registrar actividad inicialmente se dará por concluido el contrato entre el Banco y el cliente, o sea no se podrán realizar más operaciones en esta cuenta. Durante los 8 años siguientes el titular podrá recoger el saldo, pasado ese lapso y de no hacerse presente el cliente este dinero pasará a manos del Estado. 

Este fue el comunicado que se viralizó en redes: 

Fuente: eldeber.com.bo