Promulgan ley de exención del IVA a la importación que beneficia a cinco sectores productivos

La medida de incentivos tributarios alcanzará a la compra externa de bienes de capital para todo tipo de empresa, sin importar su tamaño. Los bienes de capital no deberán exceder los 10 años de antigüedad.

Fuente: Unitel

Con la promulgación de la Ley 1391 del 31 de agosto de 2021 se da luz verde para importar bienes de capital con exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y tasa cero del IVA para la comercialización de estos bienes en el mercado interno.



Desde el Ministerio de Economía, indicaron que la norma tiene por objeto establecer incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital, plantas industriales y vehículos de carga de alta capacidad en volumen y tonelaje destinados a los sectores agropecuario e industrial, y maquinaria pesada para el sector de la construcción y minería, para la reactivación económica y fomento de la política de sustitución de importaciones.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, explicó que esta norma no solo beneficia a los grandes empresarios, sino fundamentalmente a los pequeños productores que ahora podrán comprar o importar maquinaria especializada para aumentar y tecnificar su producción, libre del pago del IVA.

“Esta norma beneficia no solamente a las grandes industrias, también beneficia a los pequeños productores que siempre han tenido la imposibilidad de tener su cosechadora o una máquina textil más productiva”, subrayó el Ministro.

La norma citada, reduce al 0% la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para importación de bienes de capital, plantas industriales, maquinaria y equipo destinados a la agropecuaria, industria, construcción y minera, estableciendo el régimen de tasa cero para la comercialización de bienes de capital, maquinaria y equipo en el mercado interno.

Para acceder a este beneficio, los bienes de capital importados o comercializados en el mercado interno por el sector privado no deberán exceder los 10 años de antigüedad. Las entidades públicas también podrán beneficiarse de estos incentivos tributarios, siempre y cuando los bienes de capital, maquinaria y equipo, sean nuevos.