Bolivia pide rechazar los cinco puntos de Chile y no cobra la deuda histórica

El agente mencionó la reserva de Bolivia para aclarar ante tribunales competentes cualquier otro reclamo sobre las aguas del Silala, como el relacionado “con la indemnización que debe la empresa FCAB a Potosí”.

Pablo Peralta M. /La Paz

Bolivia, en sus alegatos finales ante los jueces de La Haya, pidió que esa Corte rechace las cinco solicitudes de la demanda de Chile; planteó, además, una compensación a cambio de preservar los canales artificiales, pero no cobró la denominada “deuda histórica” de las aguas del Silala.



Roberto Calzadilla, agente de Bolivia ante La Haya.
Foto: CIJ

“Bolivia solicita respetuosamente a la Corte que rechace todas las conclusiones de Chile”, manifestó el agente de Bolivia Roberto Calzadilla ante los magistrados de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

El agente nacional agregó respecto a los pedidos de Santiago que en su lugar la Corte declare que: a) Las aguas del Silala constituyen un curso de agua internacional, cuyo caudal superficial ha sido aumentado artificialmente, b) Bolivia y Chile tienen derecho a una utilización equitativa y razonable de esas aguas, c) El uso actual de Chile de las aguas del Silala se realiza sin perjuicio del uso equitativo y razonable que Bolivia puede realizar de estas aguas.

d) Bolivia y Chile tienen la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para evitar que se provoque un daño transfronterizo significativo en el Silala; e) Bolivia y Chile tienen la obligación de cooperar, notificar y consultar al otro Estado sobre las actividades que puedan tener un riesgo de daño transfronterizo significativo, cuando lo confirme una evaluación de impacto ambiental; y f) Bolivia no ha incumplido ninguna obligación contraída con Chile respecto a las aguas del Silala.

Además de Calzadilla, también intervinieron en la presentación de alegatos finales de Bolivia los juristas Gabriel Eckstein, Mathias Forteau, Alain Pellet y Rodman Bundy.

Este último, al justificar la contrademanda “c” de Bolivia -relacionada a la compensación por mantener los canales-, indicó que ésta se activaría en el escenario en que Bolivia decida desmantelar los canales y Santiago informe que, al fin de cuentas, preferiría que las obras se mantuvieran, debido al “beneficio” que disfruta de ellas.

“Si Bolivia decide desmantelar, pero Chile dice que prefiere statu quo, por los beneficios. En ese caso, tendría que haber un acuerdo entre las partes, sobre los términos y condiciones en que se mantendría la infraestructura. Esto incluiría la compensación a Bolivia por los beneficios que Chile obtendría por seguir recibiendo el flujo superficial mejorado, en lugar de tener que recurrir a las aguas subterráneas, más difíciles de acceder”, explicó Bundy.

Este jurista también se refirió a la alegación de Chile de que la implicación de esta contrademanda sería que Bolivia abandonó cualquier reclamación de una “deuda histórica” de las aguas del Silala. “Bolivia no reclama ninguna deuda histórica en este procedimiento. Cualquier reclamación que exista con los usos pasados con las aguas del Silala es una cuestión de derecho privado entre el departamento de Potosí y la empresa FCAB, quizá otras empresas chilenas por el incumplimiento de los términos y condiciones del contrato de concesión”, manifestó Bundy.

Al respecto, el agente Calzadilla sostuvo que contrariamente a lo que sostiene Chile, Bolivia nunca abandonó el reclamo de la “deuda histórica”. “Reitero explícitamente la reserva de mi país para aclarar ante los tribunales competentes cualquier otro reclamo sobre las aguas del Silala, como el relacionado con la indemnización que debe la empresa FCAB al departamento de Potosí”, aseveró.

El abogado Pellet se refirió, entre otros puntos, a los estudios que realizaron los expertos de Chile, los cuales no se efectuaron en el terreno, es decir en el lado boliviano del Silala, donde precisamente se construyeron los canales.  “Disuadidos por las autoridades chilenas, los expertos que designaron no los evaluaron en el lugar (el daño de los bofedales), in situ, y se basaron únicamente en la observación de lo que ocurre en el lado chileno, donde no hay fuentes de agua canalizadas en un río como ocurre en el sector boliviano”, aseguró.

En esa misma línea, el jurista Forteau sostuvo que Chile es plenamente consciente de la ausencia de cualquier estudio de campo por parte de sus expertos en el emplazamiento del Silala en Bolivia, “y que ello afecta en gran medida la credibilidad y fiabilidad de sus dictámenes periciales”.

Eckstein manifestó que, contrariamente de lo que señala Chile, el Silala no es otro curso de agua internacional “normal y corriente”, sino que tiene un carácter único y especial.

Entre los rasgos que caracterizan la singularidad del Silala, mencionó: Sus aguas subterráneas se drenan artificialmente a la superficie, el “desvío artificial” está enteramente aguas arriba (en Bolivia) y sus beneficios son disfrutados exclusivamente aguas abajo (Chile), sin que haya un acuerdo entre los dos Estados, y que el curso de agua está alimentado en un 99% por aguas subterráneas, que tienen cientos de años, por lo que el recurso es vulnerable al agotamiento.

“Bolivia no ha negado que el Silala esté sujeto al derecho internacional consuetudinario. Lo está”, aseguró Eckstein, quien añadió que “Bolivia cree que la aplicación de las normas consuetudinarias relevantes para los cursos de agua internacionales debe adaptarse a las cualidades singulares del Silala”.

Al finalizar sus alegatos, Calzadilla cerró con la presentación de las tres contrademandas nacionales, con las que pide a La Haya que declare que: a): Bolivia tiene soberanía sobre los canales artificiales y mecanismos de drenaje del Silala, que se encuentran en su territorio, y tiene derecho a decidir si los mantiene y cómo; b) Bolivia tiene soberanía sobre el caudal artificial de las aguas del Silala, que se organiza, mejora o produce en su territorio, y Chile no tiene ningún derecho adquirido sobre ese caudal artificial; y c) Cualquier solicitud de Chile a Bolivia para la entrega del caudal mejorado del Silala, así como las condiciones y modalidades de la misma, incluyendo la compensación a pagar por dicha entrega, está sujeta a la celebración de un acuerdo con Bolivia.

Esta jornada es el turno de Chile para dar su réplica a las tres contrademandas de Bolivia. Con ello se cierra la etapa de alegatos orales en el caso.