El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz, Zvonko Matkovic, activó ayer el procedimiento previsto en la Ley Departamental 293 para promover la suplencia temporal del gobernador Luis Fernando Camacho, luego de que los asambleístas de Movimiento Al Socialismo (MAS) presentaran un memorial de complimiento para que se acate el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

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“En calidad de presidente de la ALD, he activado el procedimiento previsto en la Ley Departamental Nro. 293 para promover la suplencia temporal remitiendo la sentencia constitucional 1021/2023 -S4 y todos los antecedentes a la Comisión de Constitución y Gobierno. Esta comisión debe elaborar un informe que se pondrá en consideración del pleno de la Asamblea Legislativa Departamental”, escribió Matkovic desde sus redes sociales.

También, señaló que se puso a conocimiento a la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Santa Cruz el inicio de este procedimiento que manda la ley.

Asambleístas del MAS presentaron ayer un memorial de cumplimiento ante la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia para que se haga cumplir la sentencia que ordena que Mario Aguilera asuma la Gobernación “inmediatamente”.

 

“Como asambleístas accionantes del caso, el día de hoy presentamos un memorial de queja por el incumplimiento de deberes por parte del presidente de la Asamblea Legislativa Departamental que hasta el día de hoy no ha dado cumplimiento a la Sentencia Constitucional 1021/2023. En este memorial estamos dando un plazo de 24 horas para que se tome posesión al vicegobernador como gobernador”, dijo Dilfe Rentería, jefe de bancada de asambleístas departamentales de Santa Cruz del MAS.

El 29 de diciembre, el fallo del TCP ordenó se active la “suplencia temporal” del Camacho, detenido preventivo en la cárcel de Chonchocoro por el caso Golpe de Estado I, y asuma “inmediatamente” Aguilera como Gobernador de Santa Cruz.

Desde la alianza Creemos, la Gobernación y la ALD reivindican la Ley Departamental 293 que blindó a Camacho en su cargo al establecer las causales de la suplencia temporal, entre las cuales no se encuentra el encarcelamiento.

Además, señalan que el Estatuto Autonómico no hace mención que el Vicegobernador puede suplir temporalmente al Gobernador, sino un asambleísta departamental.