Fuente: ANF
La Paz.- El director de Asuntos Legales de la Cámara de Senadores, Israel Quino, afirma que no existe ninguna resolución que instruya el congelamiento de cuentas de los asambleístas ncionales, por incumplir una medida cautelar que solicitó uno de los postulantes inhabilitados en el proceso de preselección judicial.
“Hasta el día de hoy, no existe ninguna notificación formal o resolución que haya instruido el congelamiento de cuentas de asambleístas nacionales, ni que se haya remitido reporte alguno a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI)”, afirmó en conferencia de prensa.
Por lo tanto, aclaró que no existe afectación a los derechos de los asambleístas nacionales, miembros de las comisiones mixtas de Constitución y Justicia.
=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas
“Es más, la Comisión Mixta de Justicia en ningún momento conoció esta causa impetrada, por esta tercera persona accionante de este amparo constitucional, toda vez que la ley 1549 impide a terceras personas hacer uso del recurso de revisión, solamente lo pueden hacer los postulantes presuntamente afectados con su inhabilitación”, dijo.
Un nuevo amparo constitucional fue presentado recientemente contra las Comisiones de Justicia Plural, y la Comisión de Constitución, lo que paralizó nuevamente el proceso de preselección judicial, en la etapa de toma de exámenes orales.
Al respecto, anunció que solicitaron la reprogramación de la audiencia de la Sala constitucional del Beni, en Trinidad, para este miércoles 17 de julio, a la que asistirán la dirección de Asuntos legales, los técnicos de las comisiones de manera presencial, a esta medida de amparo constitucional que fue presentada.
“El pasado 12 julio, el presidente de la Comisión Mixta ha solicitado de manera formal a esta Sala Constitucional en el Beni, que se levante la medida cautelar que paralizó el proceso de preselección judicial, porque no responde a los principios de excepcionalidad de proporcionalidad y razonabilidad, en razón de que no se estaría vulnerando el derecho de ningún postulante. Toda vez, que quién acciona es una tercera persona que ya ejerció su derecho a la impugnación y en Comisión de Constitución no se dio curso, a esta solicitud toda vez que ha presentado fotocopias simples de los argumentos que señala por los cuales debiera inhabilitarse al postulante, por el Tribunal Supremo de Justicia, por ese departamento”, agregó.