Órgano electoral observa las cuatro preguntas para el referéndum que fueron remitidas por Arce

La sala plena del TSE envió su informe, en el que señala que no cumplen los criterios técnicos requeridos, por ejemplo, en dos no se tiene claridad, precisión, en otra no hay imparcialidad y la última no corresponde.

eju.tv / Video: BTV
Lidia Mamani / La Paz



La Sala Plena del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) emitió este viernes por la tarde su informe sobre las cuatro preguntas propuestas para el referéndum, que fueron remitidas por el presidente Luis Arce, y que luego de su evaluación técnica, todas fueron observadas y devueltas al Poder Ejecutivo. El Gobierno deberá definir si continúa con la iniciativa, de ser así, debe corregir las observaciones y volver a enviar al Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Sobre la pregunta 1, señala que no cumple claridad y precisión; en el caso de la pregunta 2 y 3, tampoco cumple los criterios de claridad, precisión e imparcialidad, y el 4, fue rechazada porque no corresponde la realización de un referendo por iniciativa presidencial, sino que debe ser hecha a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) o por iniciativa popular.

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“En sesión de sala plena ha conocido el informe de evaluación técnica de las preguntas para un referéndum nacional y que han sido puestas a conocimiento ante este Tribunal. Hoy el TSE puso en conocimiento del promotor y las conclusiones y el informe fueron puestos en conocimiento de la presidencia del Estado”, informó el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas.

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El vocal afirmó que analizaron los tres criterios de las cuatros preguntas para el referéndum que tienen que ver con: claridad, precisión e imparcialidad, de las que se concluyó que en el caso de la pregunta 1, sólo cumple el criterio de imparcialidad y no cumple con los de claridad y precisión.

Además, señala que al constituir la pregunta un supuesto que podría implicar la norma parcial de la Constitución Política del Estado, se debe aclarar el texto de la pregunta con la referencia al referendo constitucional aprobatorio, previsto en el artículo de la Carta Magna.

Las observaciones se hacen a esta pregunta: «¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado, sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua, lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado?

Respuesta: SÍ – NO»

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En el caso de las preguntas 2 y 3, señaló que tampoco cumplen los criterios de claridad, precisión e imparcialidad, por lo que surgieron una nueva redacción, tomando en cuenta las observaciones que devienen del análisis técnico de esos tres criterios. 

En referencia a las preguntas 2 y 3: «¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención a la gasolina especial, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para los bolivianos y bolivianas, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

Respuesta: SÍ – NO»

«¿Está usted de acuerdo con mantener la subvención al diésel, como actualmente se encuentra, pese al gran costo económico que significa para los bolivianos y bolivianas, y que al tener un precio mucho más bajo que el internacional se genera contrabando, daño económico al Estado, escasez de dólares y desabastecimiento de combustibles?

Respuesta: SÍ – NO»

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Por último, con relación a la pregunta 4, el órgano electoral enfatiza que como está redactada la pregunta, “no corresponde la realización de un referendo por iniciativa presidencial, sino un referendo constitucional aprobatorio por iniciativa popular o a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como señalan las normas”.

La misma tiene que ver con: «¿Está usted de acuerdo con modificar el artículo 146 Numeral I de la Constitución Política del Estado para incrementar el número de 130 diputados para que ningún departamento pierda su actual representación y que los departamentos con mayor población reciban un mayor número de diputados en función al resultado del Censo de Población y Vivienda 2024?

Respuesta: SÍ – NO»

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Ante las observaciones, Vargas señaló que lo que corresponde es que el promotor considere y analice el informe y en caso de seguir esta iniciativa, se remita nuevamente las preguntas que cumplan estos tres criterios que tienen que ver con: claridad, precisión e imparcialidad.

“La norma no establece un procedimiento específico, la Ley del Régimen Electoral establece que nosotros tenemos que hacer la evaluación de las preguntas en un plazo de 72 horas (…). La norma no establece un plazo. En el informe claramente se señala que no corresponde la pregunta y que para la iniciativa se debe hacer una reforma a la Constitución”, concluyó Vargas.   

Las conclusiones de la sala plena de la OEP sobre las preguntas propuestas por el Gobierno, para el referéndum.