Iván Lima: Goni no puede ser extraditado


El exministro de Justicia del actual Gobierno señaló que la Constitución vigente dice que el juicio de responsabilidades a los expresidentes es de única instancia, situación que no permite una apelación, razón por la cual Bolivia debe modificar la CPE en consonancia a las disposiciones de la CIDH, en tanto, la condena contra el expresidente Sánchez de Lozada, permanece en pausa.

 

 



eju.tv /Video: La Hora Pico

Santa Cruz.- El exministro de Justicia, Iván Lima, afirmó que la extradición del expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada, conocido como “Goni”, no será posible debido a que la sentencia dictada en su contra está suspendida hasta que Bolivia adecúe la Constitución Política del Estado (CPE) para garantizar el derecho a la impugnación y apelación de las partes implicadas.

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Lima explicó que el Tribunal Supremo de Justicia, en la sentencia correspondiente, aplicó por primera vez el control de convencionalidad, alineándose a disposiciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Esto implica que la condena contra Sánchez de Lozada permanece en pausa hasta que el Estado boliviano reforme la Constitución.

“La CPE establece que los juicios de responsabilidades a expresidentes son de única instancia. Sin embargo, la sentencia, en su página 198, dispone que los plazos procesales queden suspendidos hasta que se garantice el derecho a la apelación, en conformidad con estándares internacionales”, señaló Lima en entrevista con La Hora Pico.

Asimismo, destacó que el TSJ citó precedentes internacionales en casos de Surinam, Venezuela y Colombia para fundamentar esta decisión. Según el exministro, estos precedentes subrayan que no se pueden imponer sanciones penales en única instancia, por considerarse contrarias a los derechos humanos.

En este contexto, el TSJ exhortó al vicepresidente David Choquehuanca a impulsar un mecanismo legislativo que permita adecuar la Constitución a las disposiciones de la CIDH, estableciendo un plazo de un año para esta reforma.

Lima aclaró que hasta que se concrete este cambio constitucional, no solo la extradición de Sánchez de Lozada estará suspendida, sino también cualquier acción relacionada con el embargo de sus bienes.

“De modo que al cambio de nuestro modelo constitucional se dispondrá la reanudación de los plazos procesales, la decisión es contundente, han suspendido el cumplimiento de este fallo hasta que nos adecuemos a lo que dice el máximo intérprete de la Convención Interamericana de Derechos Humanos que ha determinado desde el 2005 hasta el último fallo de noviembre de 2024 que no puede aplicarse una sanción penal en única instancia, está diciendo que nuestra Constitución es inconvencional y debe ser modificada”, señaló.

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