Mercado Mutualista: TCP rechaza solicitud de enmienda de gremiales y ratifica fallo en favor de la familia Crapuzzi


Desde el sector gremial que trabaja en el centro de abastecimiento cruceño elevaron un memorial de complementación y enmienda, el cual fue presentado fuera de plazo, según el TCP.

El recurso había sido interpuesto por el dirigente Felipe Barra Machaca, en representación del sector gremial

Fuente: Unitel  

 



Desde el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazaron el memorial de complementación y enmienda que fue presentado por el sector gremial con miras a revertir el fallo que establece que los terrenos del mercado Mutualista de la capital cruceña corresponden a la familia Crapuzzi.

El recurso había sido interpuesto por el dirigente Felipe Barra Machaca, en representación de la Asociación Gremial de Comerciantes Minoristas ‘23 de septiembre’, según el documento del TCP, el cual està firmado por la magistrada Isidora Jiménez, presidenta de la Comisión de Admisión.

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Desde la defensa del sector gremial, el abogado OttoRitter había advertido que el TCP actuó al margen de la ley, con magistrados autoprorrogados que no tienen jurisdicción ni competencia, por lo que no puede dirimir derecho propietario, ya que eso le corresponde a la justicia ordinaria.

“Habiéndose recibido en este Tribunal el memorial de complementación y enmienda formulado por el impetrante el lunes 9 de diciembre, se tiene que el mismo fue presentado fuera del plazo de 48 horas determinado” por la normativa vigente, “por lo que no corresponde ingresar al análisis de dicha solicitud”, reza el descargo de la entidad estatal.

El artículo 13 del Código Procesal Constitucional establece que las partes, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la resolución, podrán solicitar se precise conceptos obscuros, corrija errores materiales o subsane omisiones, sin afectar el fondo del fallo emitido.

En esta línea, la normativa también contempla que el TCP, de oficio, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de la resolución, podrá aclarar, enmendar o complementarla en temas estrictamente formales, sin afectar el fondo del fallo emitido.

Según los antecedentes de este caso, la sala tercera del TCP emitió una sentencia que desconoce el derecho propietario del municipio de Santa Cruz de la Sierra sobre los predios del mercado Mutualista y ordenó que se extienda el plano de uso de suelo y certificado catastral en favor de Miguel Crapuzzi.

El recurso de explicación, complementación y enmienda presentado por la defensa de los comerciantes fue para conocer en qué se basa el Tribunal Constitucional para emitir un fallo a favor de la familia Crapuzzi.


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