TSE habilita a 21 medios de comunicación para difundir encuestas


La difusión o publicación de estudios de opinión en materia electoral se puede realizar desde el 20 de mayo al domingo 10 de agosto.

 



Fuente: eju.tv

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitó a 21 medios de comunicación para que realicen y difundan estudios de opinión en materia electoral de alcance nacional sobre los comicios generales a realizarse este 17 de agosto y para el cual existen hasta el momento 9 candidaturas, pero algunas de ellas tienen aún que resolver alguna situación legal o administrativa para habilitarse plenamente.

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La normativa electoral vigente al respecto establece que la difusión o publicación de estudios de opinión en materia electoral se puede realizar desde el 20 de mayo al domingo 10 de agosto.

Según el Artículo 5. Del reglamento sobre el tema de difusión de estudios de opinión electorales, existen tres tipos de estudios de opinión en esa materia y son: a) Encuestas preelectorales: Son estudios cuantitativos de percepción ciudadana realizados con carácter previo a la votación, para conocer las preferencias electorales, la intención de voto y tipos de voto (voto blanco o nulo), respecto a determinadas organizaciones políticas, alianzas y candidaturas en un proceso electoral.

Las modalidades autorizadas para la realización de encuestas preelectorales con fines de difusión son las siguientes:

Encuestas presenciales: Son aquellas realizadas presencialmente (cara a cara) en los hogares de los informantes, que tengan un diseño muestral aleatorio y probabilístico, y que consideran algún tipo de selección aleatoria de los informantes.

Encuestas telefónicas: Son aquellas realizadas a través de llamadas a teléfonos fijos y/o teléfonos móviles entre el encuestador y el informante, normalmente con el apoyo de un programa informático para el registro de los datos. Su realización será permitida únicamente en situaciones de emergencia sanitaria, desastres naturales o ante la ocurrencia de cualquier suceso inesperado capaz de afectar el normal desenvolvimiento de las actividades y/o el funcionamiento cotidiano de la comunidad.

Encuestas por telefonía móvil de internet: Son aquellas realizadas vía telefonía móvil de internet, a través del envío de cuestionarios con código único a teléfonos móviles inteligentes de los informantes. Su realización será permitida únicamente en situaciones de emergencia sanitaria,

desastres naturales o ante la ocurrencia de cualquier suceso inesperado capaz de afectar el normal desenvolvimiento de las actividades y/o el funcionamiento cotidiano de la comunidad.

El segundo tipo de estudio de opinión es la encuesta en boca de urna: Son estudios cuantitativos realizados de manera presencial (cara a cara) durante la jornada de votación en los recintos electorales seleccionados dentro de una muestra aleatoria y probabilística, para conocer la orientación del voto mediante consultas realizadas a electores inmediatamente después de

haber sufragado en un proceso electoral. Su difusión se realizará cuando esté procesada la muestra al menos al 95 % a nivel nacional y al menos 90 % a nivel departamental o municipal.

Finalmente, está el conteo rápido: Son estudios cuantitativos realizados de manera presencial al concluir la jornada de sufragio, para conocer la tendencia de los resultados mediante relevamiento de datos de conteo de votos en las mesas de sufragio, incluidas en una determinada muestra aleatoria y probabilística, en un proceso electoral. Su difusión se realizará cuando esté procesada la muestra al menos al 95 % a nivel nacional y al menos 90 % a nivel departamental o municipal.