Durante la audiencia de apelación, el tribunal determinó que los riesgos procesales que sustentaron la detención preventiva continúan vigentes, debido a que aún deben realizarse diferentes diligencias investigativas, entre ellas la inspección técnica ocular, el registro del lugar de los hechos, pericias informáticas y la solicitud de antecedentes policiales, entre otras actuaciones.
En ese sentido, la Sala Penal concluyó que no existe un agravio que deba ser reparado respecto al riesgo procesal, por lo que rechazó los argumentos planteados por la defensa de Cerimedo y mantuvo la medida cautelar dispuesta en primera instancia.
Asimismo, el tribunal confirmó que Cerimedo debe ser trasladado a Chonchocoro, en La Paz. De acuerdo con la fundamentación expuesta en audiencia, la autoridad jurisdiccional consideró razones de seguridad y protección, además de que el propio procesado habría manifestado temor por su vida. La Sala señaló que, tomando en cuenta los antecedentes y las características del caso, existe la necesidad de que el imputado debe ser recluido en ese recinto penitenciario, por el lapso de seis meses.
La defensa de Cerimedo planteó la apelación con el objetivo de revertir la orden de traslado al penal de Chonchocoro y permitir que el asesor político permanezca detenido en Palmasola, donde se encuentra detenido en ese recinto penitenciario por un proceso anterior relacionado con una presunta tentativa de feminicidio, después de haber sido implicado en un atentado armado contra su expareja, Nadia Beller.
Sin embargo, el proceso por presunta legitimación de ganancias ilícitas se tramita en La Paz, donde la justicia determinó su detención preventiva por el lapso de 180 días en Chonchocoro, medida que fue apelada por su defensa y que ahora fue confirmada por la Sala Penal Segunda.