La hoja de transferencia es el requisito para que pacientes con cáncer accedan a pasajes aéreos solidarios


La ley también contempla un pasaje para un acompañante por paciente y hasta dos cuando se trate de niños, niñas y adolescentes, con la certificación correspondiente de la autoridad de salud más cercana.

eju.tv /Video:BTV



La hoja de transferencia es el único requisito para habilitar pasajes aéreos solidarios en favor de personas con cáncer que requieran trasladarse para realizar exámenes o tratamientos, informó la ministra de Salud, Marcela Flores.

Se requiere «solamente la hoja de transferencia emitida por el médico tratante, en la que se especifique a qué establecimiento de salud de otro departamento se la remite», explicó la autoridad respecto a la normativa recientemente promulgada.

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Se trata de la ley que garantiza pasajes aéreos solidarios nacionales e internacionales para pacientes con cáncer, enfermedades terminales o en estado crítico que necesiten trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual para recibir atención especializada.

Por lo general, los pacientes con cáncer de diversas regiones deben viajar a las ciudades de La Paz y Santa Cruz. Muestra de ello es que, solo desde Chuquisaca, se reporta un promedio semanal de 15 a 20 personas que se trasladan hacia los centros de medicina nuclear.

En Bolivia, la atención y el tratamiento integral contra el cáncer se gestionan a través de la red pública mediante el Sistema Único de Salud (SUS) y en centros especializados ubicados en el eje central.

La ley también contempla un pasaje para un acompañante por paciente y hasta dos cuando se trate de niños, niñas y adolescentes, con la certificación correspondiente de la autoridad de salud más cercana.