El Concejo Municipal aprobó ayer la norma que establece los mecanismos para regularizar la titularidad de motorizados que los contribuyentes ya no tienen en su poder, pero les sigue generando deudas. Algunos tienen cuentas congeladas.
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El burgomaestre explicó que las personas podrán acudir a realizar una declaración jurada y solicitar la desvinculación tributaria sobre el vehículo vendido.
“Las personas que tengan algún problema con un vehículo que vendieron hace muchos años y sobre el cual han ido pagando impuestos podrán acercarse a la Quinta Municipal, hacer una declaración jurada y desvincularse de la responsabilidad”, adelantó Saavedra.
Señaló que esta ley atiende los constantes reclamos de vecinos que enfrentan deudas tributarias y dificultades financieras por vehículos que ya no poseen y no hicieron la transferencia.
Asimismo, advirtió que los que tienen en posesión los motorizados deberán asumir sus obligaciones tributarias. Para ello, el municipio cruzará información con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), como parte de los mecanismos previstos para identificar estos casos, y advirtió con restricciones para cargar combustible.
Por su parte, la presidenta del Concejo Municipal, Luisa Nayar, destacó que esta ley responde a una problemática que afecta a los vecinos y representa un alivio para quienes enfrentan obligaciones tributarias por motorizados que ya no les pertenecen.
“Hay que liberar de responsabilidad a quien ya no es dueño del vehículo. Quienes deben hacerse cargo de las deudas son las personas que los han comprado”, enfatizó.
Nayar instó a todos los ciudadanos que estén con este problema a acudir a las instalaciones de la Alcaldía para regularizar su situación, mediante los procedimientos establecidos por la normativa.
Los procedimientos
La norma establece al menos cuatro modalidades para actualizar los datos y regularizar esta situación.
La primera es la presentación de la minuta de transferencia, que permitirá registrar la venta a favor del comprador.
La segunda contempla la baja de circulación de vehículos que ya no están en uso, previa presentación de los requisitos establecidos.
La tercera está dirigida a quienes otorgaron un poder al comprador sin completar la transferencia formal; en estos casos, la Administración Tributaria podrá emitir una resolución que reconozca al tercero como responsable por la administración de patrimonio ajeno. La cuarta vía será mediante una declaración jurada, cuyos requisitos se definirán en la reglamentación.
Además, la ley establece que la Secretaría de Administración Tributaria deberá publicar durante 30 días calendario un aviso informativo en el portal digital institucional para que las personas interesadas conozcan la existencia del procedimiento.
Hay ciudadanos que se enteraron que tienen deudas por impuestos de vehículos que vendieron hace 20 años, cuando sus cuentas fueron congeladas. Uno de ellos es Mario Torrico que acudió a la Quinta Municipal a consultar sobre su caso.
