Subnacionales: Últimas horas para la sustitución de los candidatos que no cumplieron requisitos


Tras este paso, los bolivianos tendrán mayor claridad sobre los postulantes a máximas autoridades departamentales, municipales y regionales que participarán en los comicios, destacó el vocal Carlos Goitia

Por: eju.tv / Video: Bolivia TV

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) cierra este jueves el periodo para la sustitución de candidatos inhabilitados para las elecciones subnacionales por no cumplir los requisitos estipulados por ley. A las 23:59 se termina el plazo, recordó el vocal Carlos Goitia.



Tras este paso, los bolivianos tendrán mayor claridad sobre los postulantes a máximas autoridades departamentales, municipales y regionales que participarán en los comicios, destacó.

«Con el fin de preservar que los bolivianos conozcamos quiénes son los candidatos es que se estableció esta fecha, para que puedan llevar las sustituciones y de aquí en adelante tengamos mayor certeza y certidumbre sobre los que en definitiva están compitiendo», destacó.

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Imagen referencial de la votación en Bolivia. / Foto: ACLO
Imagen referencial de la votación en Bolivia. / Foto: ACLO

Explicó que se identificaron tres factores que impulsan a los partidos enfrentar este tipo de situaciones.

«El primero es el descuido de las organizaciones políticas; el segundo es que las organizaciones utilizan este mecanismo para lograr negociaciones y acuerdos y reservan el espacio inscribiendo a una persona que no cumple los requisitos y después lo sustituyen», señaló.

Por último, en algunos casos los documentos no fueron presentados correctamente o tuvieron problemas en sus trámites.

Ahora, desde el viernes 6 de febrero hasta el miércoles 18 de marzo es el periodo de sustitución de candidaturas inhabilitadas por otras causales de acuerdo al parágrafo III del Art. 108 Ley 026.

La norma

Es decir, «las sustituciones por causa de renuncia podrán presentarse hasta cuarenta y cinco (45) días antes del día de la elección y por las otras causales establecidas en el parágrafo I hasta tres (3) días antes del día de la votación. El renunciante ya no podrá participar como candidato en ese proceso electoral ni será reubicado en otra candidatura».

El parágrafo I del citado artículo establece que «presentadas las listas de candidatas y candidatos para cualquiera de los cargos electivos, únicamente podrán sustituirse por causa de renuncia, inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente e incapacidad total, acreditados fehacientemente ante el Tribunal Electoral competente al momento de presentar la sustitución por parte de las organizaciones políticas».