Las reflexiones que deja la marcha campesina e indígena contra la Ley 1720


 

Han pasado algunos días desde que los hombres, mujeres, niñas, niños y adultos mayores que protagonizaron la “Marcha por la Defensa de los Bosques de la Amazonía y la Seguridad Jurídica de los Territorios Indígena Originario Campesinos” retornaran a sus comunidades en sus departamentos. La movilización estuvo encabezada por la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Pando (Regional Madre de Dios), la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos del Beni (Regional Vaca Díez) y la Central de Pueblos Étnicos Mojeños del Beni (CPEM-B) con la principal demanda de abrogación total de la Ley 1720.



La marcha encendió una mecha de indignación social que hoy flamea en la ciudad de La Paz, donde distintos sectores obreros, campesinos e indígenas del occidente del país exigen la renuncia del presidente Rodrigo Paz. La actual movilización de estos sectores evidencia la creciente polarización entre dos concepciones de democracia en el país en estos momentos. Por un lado, el esquema de la democracia liberal y representativa, impulsado principalmente por organizaciones políticas como Libre y Unidad Nacional, que parecen plantear el retorno a la república y que no comprenden la realidad profunda de los sectores indígenas y campesinos al momento de aprobar leyes. Por otro lado, el esquema de la democracia social, sustentado en el reconocimiento e incorporación de las organizaciones sociales y de los movimientos indígena originarios campesinos en el marco del Estado Plurinacional, que demandan el respeto y reconocimiento de sus derechos individuales y colectivos.

Desde la teoría de los movimientos sociales, autores como Doug McAdam, Sidney Tarrow y Charles Tilly destacan la importancia de diversos factores para analizar el surgimiento y desarrollo de una acción colectiva de protesta. Uno de los más relevantes es la estructura de oportunidades políticas, concepto que plantea que una protesta social no surge únicamente como resultado del descontento o la pobreza, sino cuando el contexto político abre “ventanas de oportunidad” que favorecen la acción colectiva. En este punto, se debe señalar que, aunque manifestaron su preocupación e incluso su rechazo a la aprobación de la Ley 1720, tanto la Confederación Nacional de Mujeres Indígenas de Bolivia (CNAMIB) en el “Encuentro por la tierra y el territorio de pueblos indígenas, originarios y campesinos”, el 13 y 14 de abril en Santa Cruz, como la Confederación de Naciones y Pueblos Indígenas del Chaco, Oriente y Amazonía de Bolivia (CIDOB), en reunión con sus organizaciones regionales, el 18 de abril, decidieron no sumarse a la marcha como demandaban sus bases. En el caso de la CIDOB, exigió más bien una ley corta complementaria a la Ley 1720 y firmó un acuerdo con el gobierno nacional el 22 de abril. Incluso la propia Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB) esquivó el desafío político e histórico de encabezar una acción colectiva como lo fue la marcha de los campesinos e indígenas de Pando y Beni.

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En tal sentido, este reto fue asumido, como se dijo, por dos organizaciones campesinas y una organización indígena de la Amazonía boliviana, quienes, en el marco de su autonomía sindical y orgánica, tomaron esta decisión histórica ejerciendo su libre determinación. Y no como mencionaron posteriormente los senadores de Libre, Leonardo Roca y Branko Marinkovic, quienes redujeron la marcha a una supuesta manipulación de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), situación en la que campesinos e indígenas carecerían de capacidad de interpelación política frente a leyes que los perjudican.

Así que el 8 de abril desde la localidad el Porvenir, en Pando, la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Pando (Regional Madre de Dios) y la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos del Beni (Regional Vaca Díez) inician la marcha con tres demandas específicas: la anulación de la Ley 1720, la exigencia de un decreto para la titulación de comunidades campesinas e indígenas y la anulación de la ley antibloqueo. Posteriormente, el 24 de abril se suma la Central de Pueblos Étnicos Mojeños del Beni (CPEM-B), que redefinió y amplió el pliego de demandas de la marcha con el rechazo al paquete de normas formado por la Ley de Minería, la Ley de Hidrocarburos, la Ley de Inversiones, el proyecto de Ley de Bonos de Carbono, entre otras.

Asimismo, al pliego de demandas de la marcha se suma el tratamiento y sanción inmediata de la Ley de la Amazonía Bruno Racua, la Ley de Bosques y Otros Sistemas de Vida, la Ley de Gestión Pública para las Autonomías Indígena Originarias, la Ley del Ciclo del Agua para la Vida y la Ley de Emergencia Climática, en el seno de la Asamblea Legislativa Plurinacional y su posterior promulgación por parte del Ejecutivo. Estas normas son consideradas prioritarias para el sector campesino e indígena. Dichas demandas fueron trabajadas en un voto resolutivo elaborado el 1 de mayo por las tres organizaciones en la localidad de Yolosita, posteriormente el 5 de mayo en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), y finalmente en un manifiesto del 13 de mayo también en la sede de gobierno.

Volviendo a la Ley 1720, conviene mencionar que esta había sido presentada alrededor del año 2018. El senador Branko Marinkovic la reposicionó esta vez, introduciendo modificaciones en su contenido y sosteniendo un discurso falaz, según el cual el cambio de pequeña a mediana propiedad permitiría acceder a créditos bancarios, pese a que el proyecto de ley no menciona nada al respecto. Peor aún, si se toma en cuenta que ya existe la Ley 393 de Servicios Financieros, cuyo artículo 94 regula el financiamiento para el desarrollo productivo. En este sentido, ya existe una normativa relacionada con el acceso a créditos para pequeños productores.

De esta manera, el debate crítico y mediático sobre el carácter nocivo de la Ley 1720 se fue diluyendo. Por un lado, porque muchos analistas y medios asumieron abiertamente una posición favorable a ella. Por otro lado, otros analistas políticos y medios de comunicación no lograron advertir que la norma buscaba, en el fondo, eliminar el carácter indivisible y de patrimonio familiar de la pequeña propiedad, establecido en el artículo 394, parágrafo II, de la Constitución. Además, la norma establecía la suspensión de la verificación de la Función Económica Social (FES) por más de diez años después de la conversión de pequeña a mediana propiedad, lo que abría el camino a un proceso de desregulación de la tierra y de desposesión territorial que afectaría principalmente a sectores indígenas y campesinos.

El propio Branko Marinkovic manifestó posteriormente que estaba trabajando en un proyecto de ley para la individualización de las tierras comunitarias donde viven principalmente indígenas. Por ello, detrás de esta ley resulta evidente que los sectores agropecuarios y la banca privada buscaban que la pequeña propiedad, protegida constitucionalmente, sea incorporada a la lógica del mercado financiero y, por ende, a la especulación desregulada de la tierra, generando así un proceso de desposesión de la pequeña propiedad y debilitando los candados constitucionales que la protegen.

Además, la eliminación de estos mecanismos de protección representaba, en términos estructurales, una renuncia expresa del Estado a su obligación de regular y fiscalizar la tierra en el país, reduciendo al Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) a un mero ente tramitador. En este punto, conviene recordar que las leyes no son neutrales: responden a intereses económicos y políticos concretos. Existen sectores que impulsan determinadas normas y otros que las rechazan. En consecuencia, el aparato institucional del Estado —tanto el Ejecutivo como el Legislativo— responderá a dichas iniciativas en función de la correlación de fuerzas que represente.

Frente a ello, tuvo que desarrollarse una movilización social para que el Gobierno y posteriormente el Legislativo dieran un paso al costado respecto a esta ley. Fue necesaria una movilización sacrificada, protagonizada por familias campesinas e indígenas acompañadas de sus hijos, adultos mayores y mujeres embarazadas, quienes sufrieron ampollas en los pies, el frío inclemente, cansancio, noches a la intemperie y enfermedades respiratorias.

En este punto, cabe señalar que, desde la teoría de los movimientos sociales, toda acción colectiva posee al menos tres componentes principales: 1) una estructura de movilización o sistemas de toma de decisiones; 2) una identidad colectiva y registros culturales que permiten cohesionar a sus miembros; y 3) un repertorio de movilización o métodos de lucha.

En este caso, las tres organizaciones sociales que encabezaron la Marcha lograron, pese a las dificultades, llegar hasta la ciudad de La Paz, coordinar un pliego articulado de demandas entre las tres organizaciones y, posteriormente, sumar el apoyo de distintas organizaciones sociales. Asimismo, estas organizaciones articularon discursivamente una identidad colectiva indígena-campesina de alcance nacional, entendida como expresión de lo nacional-popular que se moviliza frente a los sectores que buscan el despojo de sus tierras, identificados como sectores latifundistas.

Además, y quizás lo más importante, adoptaron la marcha como mecanismo de protesta y repertorio de movilización pacífica. A ello se sumó la vigilia instalada primero en puertas de la Vicepresidencia y luego en la Asamblea Legislativa Plurinacional, lo que permitió articular, en términos generales, a dos actores y sujetos políticos que durante muchos años no habían logrado confluir plenamente: el campesinado y los pueblos indígenas de tierras bajas. La marcha fue crucial para lograr la abrogación temporal y condicionada de la Ley 1720, aspecto que será abordado más adelante.

De esta manera, la marcha fue recibida en la ciudad de La Paz, el lunes 4 de mayo, con gran simpatía por militantes del movimiento ambientalista, docentes de la Facultad de Ciencias Sociales y estudiantes universitarios de base de la UMSA y la prensa alternativa que acompañó la movilización desde Caranavi. A ella sumaron su apoyo diversos sectores sociales como parte de la dirigencia de la CSUTCB, la Central Obrera Boliviana (COB), la Federación Departamental Única de Trabajadores Campesinos de La Paz “Túpac Katari”, el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qollasuyo (CONAMAQ), la Confederación Nacional de Maestros de Educación Rural de Bolivia (CONMERB), entre otros sectores. Cuando la marcha ingresaba a la ciudad de La Paz, logró posicionar en varios medios de comunicación y en buena parte de la opinión pública la idea de que la norma no había sido socializada con los sectores campesinos e indígenas del país, además de que era inconstitucional y que beneficiaba principalmente a los grandes sectores del agro.

Por esta razón, diferentes actores políticos y empresariales comenzaron a exigir al Legislativo no abrogar la Ley 1720. Entre ellos se encontraban los gobernadores de Santa Cruz, Beni y Pando; la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO), la Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (ANAPO), el Comité Pro Santa Cruz y diversos diputados y senadores de la Alianza Libre, entre ellos Wilson Áñez Yamba, Branko Marinkovic, Leonardo Roca. El propio presidente Rodrigo Paz, quien había promulgado la ley el 10 de abril en un acto vinculado al sector agroindustrial en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, tuvo que retroceder. Y allí quedó en evidencia a quiénes beneficiaba realmente la norma y para quién gobernaba el presidente Paz: ciertamente no para el sector campesino e indígena.

A seis días de permanencia de la marcha indígena campesina en La Paz, la madrugada del sábado 9 de mayo, la Cámara de Diputados logró aprobar la abrogación de la Ley 1720. Sin embargo, el martes 12 de mayo, la Cámara de Senadores incorporó dos disposiciones transitorias finales a la nueva norma, obligando a que el proyecto de ley retornara nuevamente a la Cámara de Diputados, donde fue aprobada un día después. De esta manera, la abrogación de la ley quedó condicionada en la Cámara de Senadores por la incidencia de la banca de Alianza Libre, que retrocedió un paso para luego intentar avanzar dos.

Las dos disposiciones transitorias finales de la Ley 1731 —norma que abroga la Ley 1720— nos devuelven al mismo escenario de ilegalidad de la ley anterior. El cambio de pequeña a mediana propiedad contraviene el artículo 394, parágrafo II, de la Constitución y la normativa agraria vigente. Asimismo, debe observarse críticamente el plazo de 60 días otorgado a las cámaras de Diputados y Senadores para tratar una nueva ley que no responde a las demandas que motivaron la movilización.

En este sentido, se debe recalcar que el debate sobre la problemática agraria en el país debe desarrollarse con la participación de todos los actores y desde un enfoque integral. La disposición transitoria segunda establece que la discusión de una futura norma se realizará con entidades nacionales y departamentales con representatividad y legalidad, con base en las Comisiones Agrarias Departamentales. Sin embargo, eso no sustituye el derecho a la consulta previa para los sectores indígenas y campesinos, por lo que dicha disposición resulta inconstitucional. Además, debe recordarse que el tema de tierra y territorio constituye una competencia privativa del nivel central del Estado.

Frente al escenario abierto por la Ley 1731, los desafíos para frenar el tratamiento de una nueva norma favorable a los grandes sectores agropecuarios —que buscan la mercantilización de la tierra campesina e indígena— son complejos. En este contexto, dependiendo cómo se resuelva la actual rebelión popular en La Paz, la respuesta del movimiento indígena y campesino debe surgir de manera orgánica desde las organizaciones territoriales de base, con el objetivo de evitar que la nueva normativa vulnere el carácter indivisible y de patrimonio familiar de la pequeña propiedad, establecido en el artículo 394 de la Constitución. Asimismo, la respuesta deberá tener un carácter sociopolítico. En caso de no existir una respuesta favorable, será necesaria la articulación de una nueva marcha hacia la ciudad de La Paz desde los diferentes departamentos; esta vez, una movilización de alcance nacional que cuente con la participación de las diferentes organizaciones campesinas e indígenas tanto de tierras bajas como de tierras altas.

 

 

Juan Pablo Marca

Politólogo e investigador del CEJIS.