Rige en La Paz norma que regula transportes como Uber

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Establece condiciones que debe cumplir

Desde este lunes rige en La Paz el Reglamento Municipal de Servicio Privado de Transporte de Pasajeros contratado mediante Plataformas Tecnológicas que establece los requisitos, procedimientos y condiciones que se deben cumplir para ofrecer este tipo de prestaciones mediante aplicaciones en el celular.   



El Alcalde Luis Revilla, en conferencia de prensa en el Despacho del Palacio Consistorial, informó esta mañana que empresas de movilidad colaborativa como Uber tienen un plazo de 30 días para que regularicen su situación, a partir del reglamento, para que puedan prestar el servicio.

“Se trata de una norma que está estableciendo la necesidad que los operadores de este servicio de transporte a través de plataformas tecnológicas tengan un registro del Gobierno Municipal de La Paz, así como también la propia empresa y los operadores tengan un seguro contra todo riesgo”, explicó la autoridad edil.

El Decreto Municipal 005/2017 emitido el 13 de este mes aprueba el referido reglamento del servicio por el cual operadores trasladarán a usuarios, “no está sujeto a horarios ni recorridos, siendo que el usuario solicita el servicio y fija el lugar de destino a través del uso de plataformas tecnológicas, cuya tarifa estimada es previamente acordada entre partes…”.

A la plataforma tecnológica se accede a través de una aplicación en el celular con internet, por el cual los usuarios y operadores registrados en las “empresas de movilidad colaborativa” se conectan para solicitar y recibir el servicio de transporte, así como para conocer el monto del pago.

Obligaciones

Las empresas tienen la obligación de registrar a todos los vehículos y conductores que van a prestar el servicio y remitir la información el 10 de cada mes a la Secretaría Municipal de Movilidad.

“De tal forma (que) garanticemos la seguridad de este medio de transporte, que como ustedes saben a diferencia del transporte tradicional, no está identificado, por eso requiere mecanismos de seguridad adicionales”, refirió Revilla.

El director del Gobierno Electrónico y Modernización de la Alcaldía, Roberto Zambrana, destacó que “las empresas tienen que hacer una verificación de los vehículos y conductores porque esta información que es de registro muy rápido cumpliendo requisitos establecidos en la norma tiene que ser enviada a la Secretaría de Movilidad para hacer la revisión y entregar el permiso correspondiente”.

Los vehículos que prestarán dicho servicio no llevarán una identificación como un radiotaxi, pero sí deberán tener un sticker con el respectivo código QR donde se pueda acceder a la información base del motorizado.

“Solamente los propietarios del vehículo pueden prestar el servicio a través de plataformas de tecnologías”, explicó el secretario municipal de Movilidad, Ramiro Burgos, a  tiempo de indicar que los motorizados no tienen que tener una antigüedad mayor a los siete años.

(GAMLP-AMN)

Fuente: erbol.com.bo