En Voz Alta: Cuando Hormando Vaca Díez promulgó la ley de Hidrocarburos

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Una vez realizado el referendo vinculante sobre el gas, el 18 de Julio de 2004, el Congreso Nacional inició el tratamiento de una nueva Ley de Hidrocarburos. Luego de más de diez meses de discusión, el Congreso Nacional aprobó la ley No.3058, y tal como se estipulaba en la CPE, fue remitida al Poder Ejecutivo para que el Presidente Carlos Mesa procediera a su promulgación. El Presidente Mesa devolvió el texto de la ley diez días después sin haberla promulgado.

De acuerdo con la CPE vigente, el entonces Presidente del Congreso, Hormando Vaca Díez, promulgó la Ley de Hidrocarburos el 17 de mayo de 2005.



La nueva Ley establece que: “se recupera la propiedad de todos los hidrocarburos en Boca de Pozo para el Estado Boliviano.” (Art. 5º), y “Se refunda Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), recuperando la propiedad estatal de las acciones de los bolivianos en las empresas petroleras capitalizadas…”…”reestructurando los Fondos de Capitalización Colectiva y garantizando el financiamiento del BONOSOL.” (Art. 6º).

Otros artículos de la Ley regulan el régimen tributario y crean el Impuesto a los Hidrocarburos:

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ARTÍCULO 52º (Regalías y Participaciones e Impuestos).

Una Regalía Departamental, equivalente al once por ciento (11%) de la Producción Departamental Fiscalizada de Hidrocarburos, en beneficio del Departamento donde se origina la producción.

Una Regalía Nacional Compensatoria del uno por ciento (1%) de la Producción Nacional Fiscalizada de los Hidrocarburos, pagadera a los Departamentos de Beni (2/3) y Pando (1/3), de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 981, de 7 de marzo de 1988.

Una participación del seis por ciento (6%) de la Producción Nacional Fiscalizada en favor del Tesoro General de la Nación (TGN)

ARTÍCULO 53º (Creación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos – IDH).

Créase el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), que se aplicará, en todo el territorio nacional, a la producción de hidrocarburos en Boca de Pozo, que se medirá y pagará como las regalías, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley y su reglamentación.

La Alícuota del IDH es del treinta y dos por ciento (32%) del total de la producción de hidrocarburos medida en el punto de fiscalización, que se aplica de manera directa no progresiva sobre el cien por ciento (100%) de los volúmenes de hidrocarburos medidos en el Punto de Fiscalización, en su primera etapa de comercialización. Este impuesto se medirá y se pagará como se mide y paga la regalía del dieciocho por ciento (18%).

La sumatoria de los ingresos establecidos del 18% por Regalías y del 32% del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), no será en ningún caso menor al cincuenta por ciento (50%) del valor de la producción de los hidrocarburos en favor del Estado Boliviano, en concordancia con el Artículo 8º de la presente Ley.

Esta ley permitió, tal como afirma la Fundación Milenio: “…en la presidencia de Morales, desde 2006 hasta 2012, los precios subieron significativamente. El precio promedio que pagó el Brasil se multiplicó por 3.0 veces respecto al precio entre 2002 y 2005. De la misma forma el precio promedio de exportación hacia la Argentina fue mayor en 3.5 veces en comparación al periodo 2002 – 2005. En promedio entre 2005 y 2012 los precios fueron superiores a los 6 US$/MMBtu y llegaron a niveles récord en la economía boliviana en gran medida gracias a las elevadas cotizaciones internacionales del petróleo.”

El ex Ministro de Hidrocarburos y ex coordinador de Hidrocarburos de la Organización Latinoamericana de Energía (Olade), Mauricio Medinacelli afirmó al presentar “El sector hidrocarburos en Bolivia” en la Mesa de Debate Económico organizada por la Fundación Friedrich Ebert (FES): Si bien los ingresos del llamado proceso de nacionalización son positivos son relativamente menores a los generados por el IDH (La Razón, 28.10.12)

Fuente: En Voz Alta

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