Bolivia y Chile cierran etapa de alegatos en la CIJ, esperan fallo

Las observaciones que plantearon ambos países sobre el concepto de ‘acceso soberano al mar’ se mantienen en reserva. La Corte delibera.

La Razón / La Paz



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Delegación. La comitiva boliviana a la conclusión de la presentación de los alegatos en La Haya, el 8 de mayo. ABI.

Bolivia y Chile presentaron ayer sus observaciones sobre el concepto de “acceso soberano al mar” y así cerraron la fase de los alegatos orales que debatió la objeción planteada por Chile a la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para tratar la demanda marítima. 

Al término de las audiencias orales, celebradas en La Haya entre el 4 y 8 de mayo, el juez japonés Hisashi Owada solicitó a ambos países precisar ese concepto, que —según el magistrado— no está reconocido en el derecho internacional. Las respuestas, entregadas el 13 de mayo, generaron observaciones y réplicas escritas de los litigantes que se entregaron ayer a la CIJ.

El presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García Linera, el procurador del Estado, Héctor Arce; los ministros de Defensa, Reymi Ferreira, y de Gobierno, Hugo Moldiz, además del representante para la demanda marítima Carlos Mesa y el excanciller Gustavo Fernández, entre otros miembros del equipo, trabajaron —entre el jueves y ayer— en el Palacio Quemado las observaciones que se entregaron ayer en Holanda.

ESCRITOS. Las observaciones y comentarios que plantearon La Paz y Santiago sobre la interpelación del magistrado Hisashi aún se mantienen en reserva. “Nuestras observaciones han sido categóricas y contundentes, y la respuesta de Chile nos ha ayudado mucho para hacer más sólida nuestra demanda”, explicó ayer el presidente del Senado, José Alberto Gonzales, quien estuvo junto a Morales durante la redacción del documento.

Desde Santiago, el canciller de Chile, Heraldo Muñoz, también confirmó la entrega de las “observaciones” de su país y puntualizó que su país respondió “de manera clara” a la pregunta del juez de la CIJ sin dar detalles de su contenido. Desde La Paz, el senador Gonzales indicó que el escrito chileno “ratificó básicamente las exposiciones de los alegatos”.

En las audiencias, el equipo jurídico chileno refrendó su postura de que Bolivia intenta desconocer el Tratado de 1904, que estableció los límites entre ambas naciones. La hipótesis fue rebatida por los juristas internacionales que representan al país bajo el argumento de que el reclamo boliviano no toca, en ningún sentido, este pacto y, por el contrario, apunta a los ofrecimientos chilenos de mar con soberanía. El agente de Bolivia en la CIJ, Eduardo Rodríguez Veltzé, y la coagente chilena, María Teresa Infante, fueron los responsables de esta tarea.

“Estamos con inmensa expectativa”, apuntó Gonzales, criterio que es compartido por las autoridades bolivianas que vaticinan un fallo favorable que reabra el juicio para que la Corte dirima sobre la demanda boliviana: una negociación “de buena fe” con Chile sobre la base de ofrecimientos de un acceso soberano al mar.

El optimismo boliviano también se basa en el hecho de que en la ronda de alegatos orales, convocada solo para un tema preliminar, se discutió el fondo del asunto. La coagente Infante dijo el jueves a EFE que la respuesta a la CIJ fue aclarar que “lo que Bolivia pide es un acceso soberano al mar con territorio”. Así, los dos países están ahora a la espera del dictamen de la CIJ que se conocerá el último trimestre de este año, según las previsiones, aunque no existen plazos definidos.

El artículo 72 del Reglamento de la Corte le faculta a “reabrir” la fase oral del litigio “en caso necesario” y luego de haber recibido las respuestas y las observaciones a la pregunta formulada por uno de sus magistrados. El presidente de la Corte, el francés Ronny Abraham, aclaró, al cerrar las audiencias de la primera semana de mayo, que ahora resta la deliberación en privado de los 15 jueces que son parte del tribunal, el más importante de las Naciones Unidas.

Ruta para el fallo de la demanda

Debate

Una vez concluida la fase de alegatos orales, los jueces iniciarán la deliberación de los argumentos expuestos por Bolivia y Chile sobre la jurisdicción en el caso del mar.

Presidente

El juez francés Ronny Abraham presidirá las deliberaciones y las resumirá en preguntas internas que le permitirán establecer la tendencia mayoritaria.

Fallo

Los jueces elegirán, por voto secreto, a un comité de redacción del fallo que, tras una revisión final, será sometido a un último escrutinio. El fallo decidirá si se trata o no el fondo del caso.

‘El diferendo no se refiere al Tratado de 1904’

Chile insistió en que el objetivo real de Bolivia era derogar o volver a abrir lo que ya se había resuelto por acuerdo entre partes. Esto es erróneo, Bolivia no impugna lo que las partes aceptaron en el pasado; lo que pide es el respeto de lo que ha sido acordado por las dos partes.

Para formularlo de otra manera, Bolivia no pide a la Corte que modifique el ordenamiento jurídico, ni que ponga en tela de juicio el derecho internacional en vigor entre las partes, ni que vuelva a abrir cuestiones que ya han sido resueltas, Bolivia tampoco pide que se fuerce la voluntad de Chile, lo que pide Bolivia es el respeto a los compromisos adoptados por el propio Chile, es el respeto de la voluntad manifestada por Chile.

Al pedirles a ustedes que constaten que Chile se comprometió a negociar un acceso soberano al mar en beneficio de Bolivia. El país pide a la Corte una decisión que no será sino el espejo que refleje los compromisos que Chile libremente contrajo en pleno ejercicio de su soberanía.

El principio según el cual la facultad de concluir compromisos internacionales es un atributo de la soberanía del Estado se aplica igualmente al Tratado de 1904 y a los compromisos de negociar suscritos por Chile, y no sería comprensible que estos compromisos se reduzcan a la naturaleza de papel mojado, solamente porque Chile hoy pone en tela de juicio su existencia.

En conclusión, el objeto del diferendo entre las dos partes se diferencia muy claramente: Chile estima hoy que el derecho en vigor entre los dos estados se limita al Tratado de 1904; Bolivia estima, por su parte, que el derecho en vigor entre los dos Estados comprende a la vez al Tratado de 1904 y el compromiso de Chile de negociar con el fin de conceder a Bolivia un acceso soberano al mar.  (Extracto de la exposición de Mathias Forteau, abogado francés del equipo boliviano, en el alegato del 6 de mayo ante la CIJ. Traducción del francés no oficial)