Chávez dice que la orden de aprehensión contra Evo es inejecutable porque se violaron sus derechos


“La orden debía ser procesalmente devuelta y además representada en cuanto se ha conocido que había ya la imputación formal, porque ya no es ejecutada, se considera técnicamente inejecutable esa orden de aprehensión”, dijo Chávez.

Por Boris Góngora

El equipo jurídico del MAS evista, encabezada por el abogado Wilfredo Chávez. Imagen: Captura radio Kawsachun Coca.

Fuente: La Razón 



 

El equipo jurídico del Movimiento Al Socialismo (MAS) evista señaló este viernes que la orden de aprehensión contra el expresidente Evo Morales es inejecutable porque se violaron sus derechos.

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El abogado Wilfredo Chávez, miembro del equipo jurídico, explicó que se inició una persecución y una serie de acciones “rápidas” en la Fiscalía de Tarija a espaldas de Evo Morales y no se le notificó para que asuma defensa en el proceso de trata y tráfico de personas que le sigue el Ministerio Público.

Dijo que de manera públicamente y no oficial se conoció que el 26 de octubre de 2024 se libró una orden de aprehensión contra Morales para que preste su declaración informativa.

“Esta orden de aprehensión no ha sido ejecutada, pues ha sido objeto de una acción de tutela constitucional que la dejó sin efecto, pero entendemos que el juez de allá no habría dado por válido y habría dado continuidad a esa orden de aprehensión”, señaló.

En criterio de Chávez, el sentido de la orden de aprehensión era poque querían que el líder cocalero preste una declaración informativa antes que el Ministerio Público tome la decisión de imputar o rechazar el caso.

“Luego de ocurrido esto, no ha habido más órdenes de aprehensión. El Ministerio Público, de manera totalmente irregular y desconociendo el artículo 165 del Procedimiento Penal, ya se relaciona con los edictos, ha dispuesto, una imputación formal en contra Evo Morales, según se conoce, todo por medios de prensa”.

Añadió que “¿cómo es posible que se haya generado una imputación a una persona que no la han notificado en su domicilio, no se conoce que se hayan circulado los edictos con relación a Evo Morales y, por tanto, no han tenido conocimiento alguno del proceso”

El jurista indicó que el artículo 224 pide y exige que deba ser habida la persona para que vaya a declarar, “eso en el momento procesal antes que sea imputado”.

Indicó el Ministerio Público ya ha superado esa etapa y ya procedió de manera ilegal a imputarlo, por lo que la orden de aprehensión ya no tiene ninguna eficacia jurídica ni debería tenerlo porque ya está con imputación.

“La orden debía ser procesalmente devuelta y además representada en cuanto se ha conocido que había ya la imputación formal, porque ya no es ejecutada, se considera técnicamente inejecutable esa orden de aprehensión”.

Añadió que la policía, “si es seria”, debía devolver ese mandamiento de aprehensión.

El expresidente fue imputado por el delito de trata y tráfico y sobre él pesa una orden de aprehensión desde el mes de octubre de 2024.


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