Los ciudadanos tienen un plazo de 30 días para solicitar este documento
Por Ariel Melgar Cabrera
Los ciudadanos que no pudieron votar en las elecciones presidenciales este domingo pueden tramitar su certificado de exención de sufragio desde el lunes 19 de octubre.
Durante la jornada dominical todos los notarios de los recintos electorales de Santa Cruz emitieron algunos impedimentos de sufragio a las personas que no ejercieron su voto por diferentes motivos, como cambio de domicilio, trabajo o viaje.
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Sin embargo, quienes no pudieron solicitar su certificado de impedimento de sufragio pueden tramitar su certificado de exención de sufragio durante un plazo de 30 días, desde este lunes.
Los ciudadanos que no votaron deben apersonarse al Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz con su documento personal y un certificado que respalde el motivo por el cual no pudieron sufragar.
En caso de enfermedad debe presentarse un certificado médico y quienes pernoctaron en otra ciudad, deben respaldarse con boletos de viaje. Mientras que las personas que tuvieron que trabajar, tienen que adjuntar un documento de respaldo.
