Durante la pandemia hubo miles de despedidos de las empresas privadas, universidades, organizaciones no gubernamentales, fábricas, industrias, instituciones del Estado. También estuvo presente la pandemia de los despidos, lo que ocasionó que la gente se vuelque a las calles a engrosar las filas de los pobres y de los emprendedores.
Durante la pandemia se hizo sentir la ausencia de las organizaciones sindicales, que no activaron los mecanismos de alerta y de apoyo a sus bases sociales, que estaban siendo pisoteadas en sus derechos laborales. En el proceso de postconfinamiento siguen las secuelas de las presiones laborales para hacer renunciar a los trabajadores. Es el caso de Natalia, una señorita que tuvo que presentar su carta de renuncia, luego de sufrir acoso y presiones de sus jefes de una empresa de venta de terrenos.
Ante la nueva configuración de las fuerzas políticas en el poder, como también ante la reorganización de las instancias sindicales, como lo es la Central Obrera Departamental de Santa Cruz, se alzan las banderas de esperanzas para la cruzada en el marco de la vigencia plena de los derechos laborales, los cuales tienen elementos centrales, que se los debe tomar en cuenta, como el hecho de que los derechos laborales y los derechos de las empresas no están en contradicción. Se complementan, bajo un lema central: respeto. No abuso ni miedo hacia el trabajador, ni tampoco chantaje hacia la empresa.
En Bolivia, el derecho al trabajo tiene una amplia estructura institucional y jurídica, que va desde la Constitución Política, la Ley General del Trabajo, decretos, resoluciones ministeriales hasta los tratados internacionales en materia laboral y la existencia de instituciones sindicales que fueron creadas para defender y acompañar a sus afiliados.
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En ese marco, los derechos laborales son las condiciones óptimas para el desenvolvimiento de una persona en su lugar de trabajo: oficinas, fábricas, industrias, construcciones, etc. Público y privado. Son integrales. Es decir, se complementan, no están en conflicto entre los derechos del trabajador y los derechos del empleador.
Pero a la vez, la vulneración de los derechos laborales, viene por dos vías: Desconocimiento y autoexplotación. Los dirigentes y sus bases no conocen las leyes, ni los decretos, ni las resoluciones, ni los convenios internacionales, de ahí que siempre en la Dirección del Trabajo hay colas inmensas de gente despedida, buscando asesoramiento a su situación.
De ahí que surgen varias preguntas: ¿Hay leyes que protegen al trabajador? ¿Se cumplen las leyes laborales? ¿Por qué ese sentimiento colectivo de que el trabajador está desamparado? ¿Por qué los despidos en cuarentena, si hubo apoyo a las empresas? ¿Qué debo hacer cuando me despiden o piden mi renuncia? ¿Qué institución defiende los derechos del trabajador? ¿Hay estabilidad laboral, sueldos acordes, seguro social, etc?
Las respuestas ahora sí, la tienen los dirigentes de la Central Obrera Departamental, de las federaciones sectoriales, sindicatos, cuya razón de ser es la lucha por el respeto de los derechos laborales de sus afiliados. No hay mayor secreto ni tampoco misterios. Ese es el gran reto de las instancias sindicales, mucho más cuando hay un gobierno de corte socialista y que viene trabajando de la mano con las organizaciones sociales y sindicales.
A modo de recordatorio para la agenda de la dirigencia sindical, los pilares de los derechos laborales son: Derecho a trabajar: la potestad de toda persona de acceder a un trabajo de acuerdo a las oportunidades que se genera y obligación del Estado establecer los mecanismos de protección a través de leyes y de políticas sectoriales, para garantizar iguales oportunidades. Derechos en el trabajo, conjunto de condiciones, calidad o circunstancias que garantizar al trabajador un trato digno y equitativo: sueldos puntuales, seguros de salud, de vida, vacaciones, participación de las ganancias si el caso amerita, estabilidad laboral. Y los deberes conjuntos: El trabajador y el empleador en esa relación dinámica del desarrollo del trabajo, asumen esta dimensión de los deberes para la convivencia y el cumplimiento de los resultados y de las condiciones laborales.
De modo, que los derechos laborales no han estado en cuarentena, ni tampoco el accionar de la COD, la cual tiene mucho que hacer de cara a sus afiliados.
Hernán Cabrera M. es Periodista y Lic. en Filosofía
