La militancia política impuesta en Bolivia: un fraude sistemático y el deber sancionador del Tribunal Supremo Electoral


Ramiro Sánchez Morales

En el laberíntico escenario de la política boliviana, la afiliación forzada o engañosa a organizaciones políticas erosiona los cimientos de la democracia. Lo que debería ser un acto voluntario, nacido de la convicción ideológica, se ha convertido para muchos ciudadanos en una sorpresa desagradable: una imposición que genera frustración, perjuicios tangibles y una burocracia exasperante para su reversión. A comienzos de 2026, la acumulación de denuncias sobre personas inscritas como militantes sin su consentimiento llevó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a adoptar una postura de mayor firmeza, remitiendo antecedentes al Ministerio Público y advirtiendo públicamente que estas prácticas no serán toleradas en el marco del proceso electoral subnacional (Ávila, citado en RTVU, 2026; Correo del Sur, 2026).



Casos que rompen el silencio: Morena, MAS y las denuncias de 2026

Las acusaciones contra la agrupación Morena, liderada por la alcaldesa de El Alto, Eva Copa, por presuntas afiliaciones irregulares y engañosas, no constituyen hechos aislados, sino síntomas de una práctica extendida que socava la confianza en el sistema democrático (eju.tv, 2024). En el caso del Movimiento al Socialismo (MAS), se han documentado inscripciones de campesinos, dirigentes sindicales y comuneros en diversas comunidades, cuyos nombres aparecen en registros de militancia sin que hayan ejercido un acto de voluntad explícito, muchas veces mediante listas presentadas por dirigentes locales ante las instancias de registro (Cabildeo Digital, 2025).

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A comienzos de 2026, el fenómeno se hizo especialmente visible en el departamento de La Paz, donde el Tribunal Electoral Departamental (TED) de La Paz informó que más de quinientas personas habían presentado solicitudes de anulación de registro de militancia, alegando que nunca otorgaron consentimiento para ser inscritas en ningún partido o agrupación política (Agencia Boliviana de Información [ABI], 2026). Entre las organizaciones implicadas figuran Movimiento Vida, Somos Movimiento Social, Ciudad Humana y otras agrupaciones, lo que evidencia que la práctica trasciende a un solo actor político y se ha convertido en un recurso sistémico para inflar la base de militantes (Visión 360, 2026). El vocal del TED La Paz, Antonio Condori, señaló que la situación preocupa al Órgano Electoral porque estos casos se presentan cuando el ciudadano no ha dado su consentimiento para ser registrado (ABI, 2026).

Militancia voluntaria y vulneración de derechos fundamentales

La Constitución Política del Estado (2009), la Ley Nº 026 del Régimen Electoral y la Ley Nº 1096 de Organizaciones Políticas consagran el principio de una militancia libre y voluntaria, en la que el ciudadano decide por su propia voluntad integrarse a una organización política para participar en la vida pública (Órgano Electoral Plurinacional [OEP], 2010; Lexivox, 2018). La Ley de Organizaciones Políticas define al militante como toda persona que se integra a una fuerza política en ejercicio de sus derechos políticos, sin que medie coacción, engaño o presión de ningún tipo (Lexivox, 2018).

El Reglamento de Procedimientos para Renuncias y Anulación de Militancia, aprobado por el propio Órgano Electoral, refuerza este principio al exigir que la inscripción inicial responda a una manifestación válida de voluntad del ciudadano, susceptible de ser modificada mediante renuncia o anulación posterior (OEP, 2025). El hecho de que cientos de personas deban acudir a anular un registro que nunca solicitaron evidencia una violación estructural de estos requisitos que trasciende el plano administrativo y se inscribe en el ámbito de los derechos fundamentales.

La Constitución Política del Estado reconoce la libertad de asociación y la participación política, pero también protege la facultad de no asociarse, como expresión negativa de la libertad (Constitución Política del Estado, 2009). La afiliación forzada o engañosa vulnera estos derechos, convirtiendo la ciudadanía en un recurso estadístico al servicio de la organización política, sin que medie una decisión informada, libre y reflexiva del sujeto (Cabildeo Digital, 2025).

Ética política en entredicho: perjuicios ciudadanos

Cuando una organización política recurre a la afiliación forzada, evidencia una profunda falta de ética y un desprecio hacia la ciudadanía. La sorpresa de descubrirse como militante sin haberlo solicitado genera una sensación de vulneración de la intimidad y de la autonomía personal. En muchos casos, los ciudadanos se enteran de su «militancia» al revisar listas de jurados electorales, al intentar algún trámite o al recibir mensajes de confirmación de una organización que desconocen. Uno de los afectados lo describió con claridad: «Me sale que soy militante de un partido del cual ni sabía de su existencia. ¿Cómo puedo reclamar esto? No soy militante de ningún partido» (Visión 360, 2026, párr. 8).

Los perjuicios no se limitan a lo emocional. Muchos afectados deben invertir tiempo, desplazamiento y recursos en un trámite engorroso para anular una militancia que nunca desearon, pese a la existencia de canales institucionales habilitados por el OEP (OEP, 2025). Además, la inscripción en una organización determinada puede generar conflictos en el entorno laboral, académico o social, especialmente cuando las convicciones personales del ciudadano difieren de las de la agrupación o cuando esta tiene una imagen pública controvertida.

Marco sancionatorio: Constitución, Ley Electoral y Código Penal

El ordenamiento boliviano ofrece un marco de garantías y sanciones que, en teoría, permite enfrentar la afiliación fraudulenta de manera contundente. La Constitución Política del Estado (2009), al reconocer la libertad de asociación política y la participación ciudadana, protege la facultad de no ser inscrito en proyectos políticos que se rechazan o se desconocen. Sobre este bloque se sustentan la Ley Nº 026 del Régimen Electoral y la Ley Nº 1096 de Organizaciones Políticas, que regulan el registro de militantes y las sanciones aplicables a quienes incurren en irregularidades graves (OEP, 2010; Lexivox, 2018).

La Ley 026 del Régimen Electoral establece la posibilidad de cancelación de la personalidad jurídica de organizaciones políticas que incumplan de manera grave la normativa, lo que incluye supuestos de manipulación de registros, uso de documentación falsa o inscripción masiva de militantes sin consentimiento (OEP, 2010). El presidente del TSE, Gustavo Ávila, fue contundente al respecto: «Pierde la personería jurídica; no podemos tener una organización que de manera delincuencial o fraudulenta haya obtenido su reconocimiento legal» (citado en Tarija Conecta, 2026, párr. 4).

En paralelo, el Código Penal boliviano sanciona la falsedad material e ideológica y el uso de instrumento falsificado, figuras que se adecuan a la alteración de libros de registro de militancia, la inserción de firmas falsas o la consignación de datos personales sin autorización (Código Penal Boliviano, 1972/1999). Quien manipula estos registros, sea como dirigente de una organización política o como funcionario público, incurre en responsabilidad penal que corresponde investigar a la justicia ordinaria, en coordinación con el Órgano Electoral (RTVU, 2026).

Inacción histórica del TSE y el giro de 2026

Durante años, la respuesta institucional ante las denuncias de militancia impuesta fue débil o inexistente. Los órganos electorales, en general, se limitaban a remitir a la ciudadanía a la vía de anulación de registro sin promover investigaciones sancionatorias profundas ni auditorías a las organizaciones implicadas (eju.tv, 2024). Esa postura generó la percepción de que el costo de manipular la militancia era bajo, contribuyendo a la reproducción de estas prácticas en distintos procesos electorales (Cabildeo Digital, 2025). La ex vocal del TSE Dina Chuquimia advirtió que, si bien el TSE ya presentó denuncia ante el Ministerio Público, este es apenas el inicio de un proceso largo que requiere voluntad institucional sostenida (Chuquimia, citada en Encontrados ODEC, 2026).

La acumulación de más de quinientas solicitudes de anulación en La Paz, sumada a denuncias en los nueve departamentos del país, obligó al TSE a adoptar una postura distinta en 2026 (ABI, 2026; RTVU, 2026). Este giro es significativo, pero solo se consolida como un cambio real si se traduce en auditorías periódicas, sanciones administrativas claras y, en los casos de fraude reiterado, en la efectiva cancelación de personería jurídica de las organizaciones responsables (Tarija Conecta, 2026).

Conclusión: sanción, responsabilidad y transparencia

La militancia política impuesta en Bolivia no puede seguir siendo tratada como un error administrativo menor. Se ha convertido en un método sistemático para inflar la base de apoyo de distintas organizaciones, vulnerar derechos ciudadanos y debilitar la confianza en la democracia (Cabildeo Digital, 2025; eju.tv, 2024). El Tribunal Supremo Electoral, como garante del sistema electoral, tiene el deber de promover auditorías, aplicar sanciones ejemplares y, en los casos de fraude estructural, impulsar la cancelación de personalidades jurídicas y activar la vía penal cuando se configuren delitos de falsedad documental o violación de datos personales (OEP, 2010; Código Penal Boliviano, 1972/1999).

La ciudadanía debe exigir investigaciones exhaustivas, publicidad de los procesos sancionatorios y la transformación de la respuesta institucional en una herramienta de prevención, no solo de reacción. Mientras persista la ausencia de consecuencias reales para quienes manipulan la voluntad popular, la democracia boliviana seguirá expuesta al riesgo de que la militancia política se convierta en un instrumento de inflación artificial, más que en una expresión auténtica de la voluntad ciudadana.

Referencias

Agencia Boliviana de Información. (2026, 27 de febrero). En La Paz, más de 500 personas piden anulación del registro de militancia sin consentimiento.

Cabildeo Digital. (2025, 22 de abril). La militancia política impuesta en Bolivia por la inacción de la justicia electoral. https://www.cabildeodigital.com/2025/04/la-militancia-politica-impuesta-en.html

Código Penal Boliviano. (1972/1999). Libro Primero, Título I: Falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado [Versión consolidada].

Constitución Política del Estado. (2009). Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Asamblea Constituyente.

Correo del Sur. (2026, 24 de febrero). Denuncias sobre militancia pasan al Ministerio Público.

https://correodelsur.com/politica/20260225/denuncias-sobre-militancia-pasan-al-ministerio-publico.html

eju.tv. (2024, 30 de abril). La militancia política impuesta en Bolivia por la inacción de la justicia electoral. https://eju.tv/2025/04/la-militancia-politica-impuesta-en-bolivia-por-la-inaccion-de-la-justicia-electoral/

Encontrados ODEC. (2026, 24 de febrero). Militancia política sin consentimiento [Video]. Facebook.

https://www.facebook.com/encontradosodec/videos/militancia-política-sin-consentimiento/26560792223560013/

Lexivox. (2018). Ley Nº 1096 de Organizaciones Políticas. https://www.lexivox.org/norms/BO-L-N1096.html

Órgano Electoral Plurinacional. (2010). Ley Nº 026 del Régimen Electoral. https://web.oep.org.bo/wp-content/uploads/2019/07/LEY_026.pdf

Órgano Electoral Plurinacional. (2025). Reglamento de procedimientos para renuncias y anulación de militancia y extensión de certificados de militancia. https://web.oep.org.bo/m-n/reglamento-de-procedimientos-para-renuncias-y-anulacion-de-militancia-y-extension-de-certificados-de-militancia/

RTVU. (2026, 25 de febrero). TSE remite al Ministerio Público denuncias por militancia política irregular.

Tarija Conecta. (2026, 25 de febrero). TSE: Partidos con militantes irregulares perderán personería.

https://www.tarijaconecta.bo/noticia/8539

Visión 360. (2026, 22 de febrero). Surgen denuncias de personas que aparecen registradas como militantes en agrupaciones políticas sin su consentimiento. https://www.vision360.bo/noticias/2026/02/23/40410-surgen-denuncias-de-personas-que-aparecen-registradas-como-militantes-en-agrupaciones-politicas-sin-su-consentimiento/