Comisión de Constitución recomienda al Pleno de Diputados devolver ternas del Tribunal Departamental Electoral por posible vicio de nulidad en el proceso


Saucedo aclaró que el proceso no debe reiniciarse desde cero, sino corregir el acto observado mediante la emisión de una nueva resolución ajustada al marco legal vigente.

Fuente: Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados



La Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados determinó devolver al Pleno camaral las ternas para vocales del Tribunal Departamental Electoral (TED), tras identificar un posible vicio de nulidad en el proceso de selección remitido por la Asamblea Legislativa Departamental.

El presidente de la Comisión, Juan del Granado, informó que, pese a la situación de conflictividad que atraviesa el país, la instancia legislativa sesionó de manera virtual debido a la urgencia de los temas pendientes. “Pese a la situación que vive el país, hemos realizado nuestra sesión de comisión de manera virtual porque existen temas que no pueden postergarse y requieren un tratamiento urgente”, señaló.

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Por su parte, la secretaria Técnica de la Comisión, Kathia Saucedo, explicó que en la 14va Sesión Ordinaria se abordó el tratamiento de las ternas enviadas el pasado 27 de abril para su revisión en el marco de los principios de transparencia, meritocracia y ética. “La Comisión de Constitución ha aprobado un informe en sentido de devolver al Pleno Camaral de Diputados las ternas que nos han enviado, sugiriendo que se devuelva nuevamente a la Asamblea Legislativa Departamental para que subsanen un vicio detectado que podría generar una nulidad”, explicó Saucedo.

Inicialmente, dijo, que se debatió si la comisión tenía competencia para analizar el procedimiento, concluyendo finalmente que sí podía verificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de los postulantes. Durante la revisión de una carpeta de 514 fojas con antecedentes del proceso, la comisión detectó un elemento que, según indicó, configura un “vicio” que impediría continuar con el trámite legislativo.

La observación surge a raíz de un amparo constitucional presentado por el postulante Víctor Hugo Aliaga, quien cuestionó la calificación obtenida durante el proceso de evaluación. La Sala Constitucional que conoció el caso determinó dejar sin efecto la Resolución 036 emitida por la Asamblea Legislativa Departamental el 17 de diciembre de 2025, además de todos los actos realizados entre esa fecha y el 11 de febrero de 2026. Sin embargo, Saucedo señaló que la resolución remitida posteriormente a la Cámara de Diputados confirma la Resolución 072 de fecha 26 de enero de 2026, documento que se encuentra dentro del periodo, cuyos actos fueron dejados sin efecto por el Tribunal de Garantías.

En ese sentido, informó que la Comisión de Constitución aprobó un informe recomendando al Pleno Camaral devolver las ternas a la Asamblea Legislativa Departamental para que subsane las observaciones detectadas y evite futuras nulidades. “Nosotros, como Comisión de Constitución, no le podríamos sugerir nunca al Pleno Camaral que continúe un procedimiento basado en un acto que fue dejado sin efecto por un Tribunal jurisdiccional de Garantías”, aclaró.

Asimismo, aclaró que el proceso no debe reiniciarse desde cero, sino corregir el acto observado mediante la emisión de una nueva resolución ajustada al marco legal vigente y a la decisión jurisdiccional citada.