Bolivia se encuentra ante una oportunidad histórica: reemplazar la Ley N.º 070 de la Educación “Avelino Siñani-Elizardo Pérez” y construir un nuevo marco normativo para el sistema educativo. El Gobierno ha anunciado que trabaja en una nueva ley, un nuevo diseño curricular y un nuevo reglamento de evaluación. Sin embargo, la verdadera discusión no debe limitarse a decidir si la Ley 070 permanece o desaparece. La pregunta fundamental es otra: ¿qué tipo de persona, ciudadano, profesional y sociedad pretende formar Bolivia durante las próximas décadas?
La abrogación de una ley educativa no transforma, por sí sola, la educación. Una norma puede ser sustituida en pocos días, pero un sistema educativo requiere años para modificar sus currículos, formar docentes, producir materiales, renovar métodos de evaluación, reorganizar instituciones y obtener resultados verificables. El primer error que Bolivia debe evitar es reemplazar la Ley 070 de la misma manera en que esta ingresó al sistema: con fuerza normativa, pero sin una transición suficientemente planificada, evaluada y acompañada.
Una nueva ley que entre “con pata voladora”, imponiendo inmediatamente nuevos contenidos, estructuras y metodologías, solo cambiará el nombre de la improvisación. La educación es un proceso acumulativo. Cada modificación alcanza a estudiantes que se encuentran en diferentes etapas de desarrollo, a maestros formados bajo distintos modelos y a instituciones con capacidades profundamente desiguales. Una reforma sin régimen transitorio puede convertir a toda una generación en un experimento pedagógico.
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El espíritu de la Ley 070 y sus resultados
Sería intelectualmente deshonesto afirmar que la Ley 070 careció de objetivos valiosos. La norma buscó reconocer la diversidad cultural, superar prácticas históricas de exclusión, articular la educación científica y humanística con la formación técnica, recuperar conocimientos de los pueblos indígena originarios campesinos y promover una formación integral, comunitaria y productiva. La propia ley declara que la educación debe ser intracultural, intercultural, plurilingüe, científica, técnica, tecnológica, humanística y vinculada con la producción.
Esos propósitos respondían a una deuda histórica real. Bolivia necesitaba reconocer a poblaciones, lenguas y conocimientos que habían sido marginados por modelos educativos centralistas y culturalmente excluyentes. Revalorizar las identidades indígenas no era, ni es, algo negativo. El problema apareció cuando algunas de esas ideas fueron traducidas en contenidos rígidos, consignas políticas y visiones históricas construidas desde la confrontación.
La diferencia es decisiva: una educación intercultural enseña a comprender críticamente las distintas culturas; una educación ideologizada convierte una determinada interpretación de la historia y de la identidad en doctrina oficial. La primera construye convivencia. La segunda puede profundizar divisiones.
La Ley 070 sostiene que la educación debe ser “descolonizadora, liberadora, revolucionaria y antiimperialista”, al mismo tiempo que dispone la incorporación curricular de cosmovisiones y saberes indígenas. Estas formulaciones reflejan el contexto político e histórico en el que fue aprobada, pero también introducen categorías ideológicas abiertas cuya aplicación depende de quien controle el aparato educativo.
El resultado fue una tensión no resuelta entre conocimiento, identidad e ideología. En lugar de promover siempre un diálogo crítico entre saberes, algunos contenidos terminaron presentándose mediante oposiciones simplificadas: lo indígena frente a lo occidental, lo comunitario frente a lo individual, lo nacional frente a lo extranjero o el conocimiento propio frente al conocimiento universal. Bolivia necesita recuperar su historia y sus culturas, pero no puede hacerlo enseñando que una identidad solo puede afirmarse mediante la negación de otra.
Los balances recientes reconocen aportes de la Ley 070 en inclusión, diversidad y participación comunitaria, pero también señalan que esos principios no se tradujeron de manera comprobable en mejores aprendizajes. Incluso actores vinculados con la formulación y ejecución del modelo han reconocido deficiencias curriculares, distorsiones en su aplicación, debilitamiento de materias científicas, sobrecarga administrativa y ausencia de mecanismos suficientemente sólidos para evaluar resultados.
La integralidad no significa acumulación de materias
Otro problema fue confundir educación integral con acumulación curricular. En determinados cursos, las y los estudiantes deben responder a una malla fragmentada en numerosas asignaturas, áreas, proyectos, dimensiones y actividades. La cantidad exacta varía según el nivel y la organización de cada unidad educativa, pero la percepción de sobrecarga no es infundada: la propia Ley 070 pretende desarrollar simultáneamente contenidos científicos, humanísticos, históricos, lingüísticos, técnicos, tecnológicos, productivos, cívicos, comunitarios, artísticos, deportivos, espirituales, éticos y ambientales.
El problema no consiste en que esos ámbitos sean irrelevantes. El error consiste en suponer que todo contenido valioso debe convertirse en una materia, una actividad o una obligación adicional. La integralidad no es sumar temas hasta saturar el horario; es articular dimensiones del desarrollo humano alrededor de aprendizajes fundamentales.
Desde una perspectiva inspirada en el pensamiento integral de Ken Wilber, el desarrollo personal no puede reducirse a una sola dimensión. Debe comprender capacidades cognitivas, emocionales, éticas, físicas, sociales, culturales y prácticas. Sin embargo, desarrollar integralmente a una persona no significa enseñarle superficialmente una gran cantidad de contenidos. Significa construir una progresión coherente que permita comprender, relacionar, aplicar y transformar el conocimiento.
La Ley 070 tuvo nociones de integralidad, pero se quedó corta en su ejecución. Confundió, en distintos momentos, amplitud declarativa con profundidad pedagógica. El resultado fue un currículo ambicioso en el papel, pero difícil de desarrollar de manera rigurosa en aulas con limitaciones de tiempo, infraestructura, materiales y formación especializada.
Volver a los aprendizajes fundamentales
Bolivia debe enfrentar una verdad incómoda: ningún discurso educativo puede compensar las deficiencias en lectura comprensiva, escritura, gramática, ortografía, razonamiento lógico y matemático. Estas capacidades no son simples asignaturas tradicionales. Son los instrumentos mediante los cuales una persona puede aprender ciencias, comprender una norma, interpretar información, administrar recursos, utilizar tecnologías, argumentar, investigar y participar responsablemente en la vida democrática.
Las y los estudios y evaluaciones difundidos por el Observatorio Plurinacional de la Calidad Educativa han identificado dificultades relevantes en lectura, escritura y matemática. El propio debate público de 2026 reconoce la existencia de una crisis de aprendizaje y la falta de evidencias suficientes que demuestren mejoras sostenidas después de más de una década de aplicación del modelo.
No obstante, sería simplista atribuir toda la crisis exclusivamente a la Ley 070. Los resultados educativos también están condicionados por pobreza, desigualdad territorial, formación docente, infraestructura, alimentación, conectividad, gestión institucional, debilitamiento de la autoridad pedagógica, efectos de la pandemia y escasa continuidad de las políticas públicas.
La crítica rigurosa no debe afirmar una causalidad que todavía no ha sido suficientemente demostrada. Lo que sí puede sostenerse es que la Ley 070 no consiguió revertir esas deficiencias y que su sistema de seguimiento y evaluación fue insuficiente para mostrar, de manera transparente, cuánto aprendieron realmente las y los estudiantes.
Una nueva legislación debe establecer estándares nacionales verificables de lectura, escritura, matemática, ciencias, ciudadanía y competencias digitales. Las evaluaciones no deben utilizarse para castigar a estudiantes o maestros, sino para identificar brechas, orientar recursos y corregir políticas. Un sistema que no mide seriamente sus resultados termina protegiendo sus discursos antes que el derecho de las y los estudiantes a aprender.
La inteligencia artificial encontró un sistema rígido
La expansión de la inteligencia artificial reveló otra debilidad: el sistema educativo boliviano posee escasa capacidad para adaptarse con rapidez a transformaciones tecnológicas. La Ley 070 menciona reiteradamente la ciencia, la tecnología y la innovación; sin embargo, su estructura curricular y administrativa se convirtió en una camisa de fuerza que dificulta introducir nuevos conocimientos, metodologías y competencias.
La respuesta no debe consistir en crear apresuradamente una nueva materia denominada “Inteligencia Artificial”. Eso repetiría la lógica de acumulación curricular. La IA debe incorporarse transversalmente para mejorar la investigación, la programación, el pensamiento crítico, la producción de contenidos, la solución de problemas y la productividad, acompañada por alfabetización digital, ética, protección de datos y verificación de información.
Sin bases en lectura, lógica y matemática, la inteligencia artificial no fortalecerá el aprendizaje: puede convertir al estudiante en un usuario dependiente que copia respuestas que no comprende. La tecnología debe amplificar capacidades humanas, no sustituirlas. Por ello, la modernización digital debe comenzar fortaleciendo los aprendizajes esenciales y la preparación docente.
Una ley construida desde el derecho educativo
La nueva norma no puede ser redactada únicamente por pedagogos que observen la educación como un fenómeno didáctico, ni por abogados administrativos que la reduzcan a competencias, procedimientos y jerarquías institucionales. Tampoco puede quedar en manos exclusivas del Gobierno, el magisterio, las universidades o los organismos internacionales.
La educación es simultáneamente un derecho fundamental, un servicio público, un proceso de desarrollo humano, una política económica, una institución cultural y una responsabilidad compartida. Por eso, Bolivia necesita construir la nueva normativa desde el derecho educativo, entendido como una rama especializada que articula los derechos del estudiante, las obligaciones del Estado, la autonomía pedagógica, la calidad educativa, la responsabilidad docente, la participación social, la inclusión, la innovación y los mecanismos de evaluación y rendición de cuentas.
La comisión responsable debería integrar especialistas en derecho educativo, pedagogía, psicología del desarrollo, neurociencia cognitiva, currículo, evaluación, economía, tecnología, formación técnica, gestión pública e interculturalidad. También deben participar maestros de aula, estudiantes, familias, pueblos indígenas, universidades, institutos técnicos y sectores productivos.
Pero participación no puede significar que cada sector incorpore su propia demanda como una nueva materia. La construcción curricular requiere priorización. Añadir contenidos siempre tiene un coste de oportunidad: cada hora destinada a un nuevo tema es una hora que deja de utilizarse para profundizar otro aprendizaje.
Aprender de toda la historia educativa boliviana
La nueva ley tampoco debe presentarse como si Bolivia comenzara su historia educativa desde cero. Debe aprender de las misiones pedagógicas y experiencias de comienzos del siglo XX; del debate sobre la pedagogía nacional impulsado por Franz Tamayo; de la Revolución Nacional y del Código de la Educación Boliviana de 1955; de la incorporación progresiva de la educación técnica; de las transformaciones educativas de las décadas posteriores; de la Reforma Educativa de 1994, aprobada mediante la Ley 1565; y del ciclo plurinacional iniciado con la Ley 070 en 2010.
Cada reforma aportó algo y fracasó en algo. El mayor defecto histórico ha sido pretender que una nueva etapa debe destruir completamente la anterior. Bolivia no necesita otra revancha educativa. Necesita una síntesis crítica que conserve los avances en inclusión e interculturalidad, recupere la exigencia académica, fortalezca la ciencia y la técnica, modernice la gestión y elimine la utilización partidaria del currículo.
La transición debe ser obligatoria
La nueva ley debería contener un régimen transitorio de varios años. Durante una primera etapa se necesita establecer una línea de base nacional sobre aprendizajes, infraestructura, conectividad y formación docente. Posteriormente deben desarrollarse currículos experimentales en unidades educativas seleccionadas y diversas, urbanas y rurales. Solo después de evaluar esos pilotos debería ampliarse gradualmente el nuevo modelo.
Las y los estudiantes que comenzaron su formación bajo un currículo no pueden ser trasladados abruptamente a otro sin equivalencias, nivelación y acompañamiento. Las y los docentes necesitan formación previa, no talleres improvisados después de que la reforma ya entró en vigencia. Los nuevos textos y recursos deben probarse antes de distribuirse. Las universidades y escuelas de formación de maestros deben adaptar sus programas con anticipación.
Sin transición, la abrogación de la Ley 070 podría convertirse en otro acto político de alto impacto mediático y bajo impacto educativo.
Terminar con el divorcio entre educación y producción
La nueva legislación también debe superar el divorcio entre el sistema educativo y la estructura económica del país. Bolivia mantiene una educación excesivamente teórica, mientras gran parte de su economía requiere capacidades técnicas, digitales, productivas, empresariales y científicas que el sistema no desarrolla suficientemente.
La educación regular, la formación técnica, los institutos tecnológicos y las universidades no pueden continuar funcionando como Estados independientes. Deben existir trayectorias articuladas, reconocimiento de aprendizajes, certificaciones progresivas, movilidad entre niveles y programas vinculados con necesidades productivas reales.
Esto no significa convertir la escuela en una fábrica de trabajadores obedientes. Significa reconocer que el desarrollo profesional, la autonomía económica y la capacidad de crear valor también forman parte del desarrollo integral de la persona.
Bolivia necesita una educación que enseñe a pensar, leer, escribir, calcular, investigar, producir, convivir y decidir. Una educación que reconozca las culturas sin convertirlas en trincheras políticas; que utilice la tecnología sin abandonar las capacidades humanas; que garantice derechos, pero también establezca responsabilidades y estándares de calidad.
Abrogar la Ley 070 puede ser necesario, pero no es suficiente. Lo decisivo será evitar que una nueva mayoría política imponga su propia verdad educativa y vuelva a utilizar la escuela como territorio de disputa ideológica.
La oportunidad está abierta. Bolivia puede limitarse a cambiar una ley o puede construir, por primera vez, una política educativa de Estado: gradual, evaluable, interdisciplinaria, productiva, intercultural y centrada en el aprendizaje real. La diferencia entre ambas opciones determinará no solamente el futuro de las aulas, sino las posibilidades de desarrollo personal, profesional, económico y democrático de todo el país.
