Al menos 12 artículos de 5 leyes vulneran pactos internacionales


En Bolivia varios artículos de 5 leyes marco lesionan pactos y convenios internacionales relativos a la libre expresión e información. Los artículos observados corresponden a las leyes del Órgano Judicial, del Órgano Electoral, de Régimen Electoral, del Tribunal Constitucional (TC) y de Autonomías.

Potestad. La Corte Interamericana revierte sanciones que afecten libertad de expresión.

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VOTACIÓN. Asambleístas aprueban en grande la Ley del Órgano Judicial en la Cámara Baja el 26 de mayo del 2010.

Paulo Cuiza – La Paz, La Razón

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Al menos 12 artículos de cinco leyes marco lesionan pactos y convenios internacionales relativos a la libre expresión e información, advierten dos expertos en Derecho. El Estado correría el riesgo de ser demandado en foros internacionales.

Los artículos observados corresponden a las leyes del Órgano Judicial, del Órgano Electoral, de Régimen Electoral, del Tribunal Constitucional (TC) y de Autonomías, que se constituyen en el armazón sobre el cual se empieza a configurar el nuevo Estado emergente de la Constitución Política, vigente desde febrero del 2009.

La experta en Derecho Internacional, Karen Longaric, informó que lesionar el derecho a la libre expresión vulnera el Pacto de San José de Costa Rica; la Declaración Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas, y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El constitucionalista Carlos Alarcón informó que al menos los artículos 24 (numeral 29-30), 27 (numeral 13), 38 (numeral 29) y 82 (I, numeral 6) de la Ley del Órgano Electoral tienden a afectar la libertad de expresión porque, entre otros aspectos,  apuntan a regular y fiscalizar la difusión de mensajes y monitoreo durante la época electoral. 

“Hay una restricción de la libertad de prensa e información”,  insistió el constitucionalista. También se refirió a la Ley del Órgano Judicial, que establece en su artículo 187, numeral 21,  como falta grave de los operadores de justicia, el realizar “declaraciones a los medios de comunicación sobre las causas en curso…”.

La crítica también alcanzó a los artículos 82 (I, incisos a al e), 84 (sanciones a los medios), 115 (inciso d), 122 (uso de medios de comunicación), 136 (sanciones), 238 (inciso k) de la Ley del Régimen Electoral, que tienen relación  con los candidatos y los medios.

Los dos primeros artículos mencionados hacen referencia a la prohibición de opinar y de otros derechos de los candidatos a un cargo en el Órgano Judicial. También se prohíbe, por ejemplo, emitir resultados de encuestas que no cumplan con criterios técnicos que definirá un reglamento.

El artículo de la Ley de Autonomía sobre la suspensión de alcaldes y gobernadores a simple acusación fiscal y la anulación de la Acción Directa de inconstitucionalidad también fueron identificados como atentatorios contra la presunción de inocencia y la posibilidad de impugnar una ley, respectivamente. Longaric advirtió que el Estado podría ser sancionado económica y moralmente por la violación de tratados internacionales.

La CIDH puede revertir sanciones de los Estados

El ex juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el venezolano Asdrúbal Aguiar informó que esa instancia internacional tiene la facultad de  revertir sanciones que sean aplicadas por los Estados y que vayan en contra de la libertad de expresión e información.

Aguiar aseguró que existen sentencias condenatorias emitidas por la CIDH y que tienen que ver con la libertad de expresión.

Citó como ejemplo la sentencia que declara responsable internacionalmente  al gobierno venezolano de Hugo Chávez, por el cierre de radio Caracas Televisión (RCT) en mayo del 2007.

“Esa condenatoria al Estado venezolano no la ha acatado, pero lo que olvidan los gobernantes es que los gobiernos pasan y las sociedades quedan”, reflexionó el ex juez. Aguiar recordó la experiencia de Perú, cuando el presidente Alberto Fujimori, en 1997, le quitó la nacionalidad a Baruch Ivcher, para separarlo de la dirección del canal Frecuencia Latina.

En ese caso, la Corte Interamericana emitió la sentencia en contra de la decisión de Fujimori. Según Aguiar, aunque Fujimori no cumplió con la sentencia, su sucesor Valentín Paniagua (2000-2001) sí la ejecutó y cumplió.

Gobierno dice que no hay colisión

El Gobierno, a través del viceministro de Coordinación Gubernamental, Wilfredo Chávez, aseguró que las leyes marco están sujetas a la Constitución Política del Estado y no chocan con principios del derecho internacional en materia de derechos humanos.

“Hemos sido bastante cuidadosos en que no haya colisión entre las normas aplicadas y las normas que sean de materia internacional o de la propia Constitución”, afirmó en respuesta a la advertencia de expertos y analistas de que algunos artículos de las leyes marco vulneran pactos o tratados internacionales.

Entre enero y julio del 2010, los legisladores aprobaron las leyes del Órgano Judicial, Órgano Electoral, Régimen Electoral, Tribunal Constitucional y de Autonomía. Esas normas son consideradas centrales en el andamiaje del nuevo Estado.

Para Chávez, las observaciones de los analistas constituyen una generalidad, porque considera que es necesario tratar estos temas en detalle. “La norma debe beneficiar a la mayor parte de la población y, en esa medida, la norma debe estar hecha para que todos puedan cumplirla”, sostuvo.

Cuatro expertos advirtieron que la libertad de expresión y la presunción de inocencia son afectados con unos 12 artículos de las leyes marco.

El viceministro citó el artículo 9 de la Declaración de Chapultepec, México (1994), que se refiere al hecho de que la credibilidad está vinculada con la verdad, para justificar prohibiciones o sanciones contra medios de prensa en leyes como la del Régimen Electoral. “Por ejemplo, en una campaña electoral no se puede dar una encuesta que desinforme, a eso se da una sanción, creo que es bastante lógico”. A diferencia de lo que ocurría en el pasado, el artículo 130 de la Ley de Régimen dispone que los resultados a boca de urna o de conteos rápidos de las elecciones se emitirán a partir de las 20.00 del día de la votación.

El subjefe de bancada del MAS en el Senado, Eugenio Rojas, rechazó las observaciones de los expertos en Derecho y analistas, aunque recomendó que recurran al Tribunal Constitucional si cuentan con elementos que permitan sustentar sus denuncias. La jefa de bancada del MAS en Diputados, Emiliana Ayza, afirmó que la aprobación de las leyes orgánicas fue en concordancia con la Constitución, vigente desde febrero del 2009. “Nos regimos a la Constitución”, mencionó la asambleísta oficialista, quien aseguró que la coordinación para la aprobación de las leyes incluyó reuniones entre representantes de los órganos Legislativo y Ejecutivo, en más de una ocasión.

Principios de Declaración Chapultepec

No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. Ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder. Censura previa se opone a la libertad

El debate sobre la ley contra el racismo

El opositor Convergencia Nacional (CN) cree que la aprobación de leyes con artículos que lesionan convenios internacionales, sobre la libertad de expresión y pensamiento, es muestra de que el Gobierno no respeta los derechos humanos en el país.

La diputada Norma Piérola considera que los artículos de la Ley Antirracista, que establecen cerrar medios de comunicación y llevar a la cárcel a periodistas, representan una violación al principio universal de libertad de expresión.

Los gremios de la prensa rechazan los dos artículos por considerarlos violatorios de derechos universales. 

Tratados que protegen Derechos

1.Pacto de San José de Costa Rica

Artículo 13: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas…”.

2.Declaración sobre los derechos del hombre

Artículo 4: “Toda persona tiene derecho a la libertad de investigación, de opinión, expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio”.

3.Declaracion Universal de DDHH

Artículo 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones…”.

1. Pacto de derechos civiles y políticos

Artículo 19 (parágrafo 2): Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”.

2. Pacto de San José de Costa Rica

Artículo 9: “Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho aplicable…” (retroactividad).

3. Declaración Universal de DDHH

Artículo 11 (numeral uno): “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad…”.